Cuenta de Inversion 2016

GESTIÓN FINANCIERA CONSOLIDADA DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL NO FINANCIERO

En este apartado se presenta el resultado de la gestión del Sector Público Nacional No Financiero Consolidado expuesto en la Cuenta Ahorro - Inversión – Financiamiento, el cual permite identificar la naturaleza, dimensión e impacto de las transacciones económico-financieras realizadas por dicho sector con el resto de la economía.

Seguidamente se explicitan los criterios metodológicos adoptados para la obtención y tratamiento de la información del sector bajo análisis, señalando, además, cuáles son las limitaciones subyacentes en la metodología utilizada.

Aspectos Generales y Metodológicos

El universo teórico considerado abarca las transacciones efectuadas con el resto de la economía por cada uno de los componentes institucionales del Sector Público Nacional no Financiero, a saber:

    1. Administración Nacional
    2. Universidades Nacionales
    3. Empresas y Sociedades no Financieras del Estado Nacional
    4. Entes Públicos
    5. Fondos Fiduciarios

Dentro del punto a) se considera a la Administración Central, a los Organismos Descentralizados (excluidas las Universidades Nacionales que integran el apartado b) y a las Instituciones de la Seguridad Social, incluyendo en estas últimas a las ex-Cajas Previsionales Provinciales transferidas a la órbita Nacional.

El punto c) comprende a aquellas empresas incluidas en el Presupuesto Consolidado del Sector Público Nacional, aprobado por Decisión Administrativa Nº 1.051 del 27 de septiembre de 2016.

Como punto d) se agrupan los Entes Públicos que, desde el Ejercicio 2001 forman parte del universo consolidable y cuya figuración presupuestaria resulta asimilable al régimen establecido para las Empresas y Sociedades del Estado Nacional.

Con respecto al punto e) a efectos de dar cumplimiento a la nueva configuración presupuestaria del Sector Público Nacional, se incorpora desde el Ejercicio 2001 como un subsector consolidable el de los flujos financieros correspondientes a los Fondos Fiduciarios Nacionales de acuerdo con lo establecido por el inciso a) del artículo 2º de la Ley Nº 25.152, de Solvencia Fiscal y sus modificatorias.

El momento de registro de las operaciones consideradas en la confección del presente estado se ha considerado al devengado para las erogaciones y al recaudado para los recursos de la Administración Nacional. Como única excepción se encuentran todas las transferencias realizadas entre los entes pertenecientes al universo analizado, las que han sido registradas por el devengado, a fin de posibilitar, posteriormente, un efectivo y adecuado proceso de consolidación entre los diferentes sub-universos.

El proceso de consolidación se desarrolló en dos niveles:

    1. Identificación de transferencias realizadas dentro de la Administración Nacional como contribuciones y gastos figurativos y en el resto de los subsectores como transferencias corrientes o de capital internas.
    2. Identificación de transferencias entre los diversos subsectores integrantes del Sector Público Nacional No Financiero.

La información acerca de los importes a consolidar en cada caso se obtuvo de la siguiente manera

    1. Los Gastos y Contribuciones Figurativas surgen del Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.D.I.F) por sus montos devengados. Los guarismos expuestos en transferencias de entidades de los restantes subsectores a otros entes del mismo grupo se basaron en los importes declarados por las entidades respectivas.
    2. La información acerca de las Transferencias de la Administración Nacional hacia las Universidades Nacionales, Empresas Públicas, Entes Públicos y Fondos Fiduciarios se obtuvo de los datos consignados en el S.I.D.I.F. con correlato en los estados de los entes respectivos y en el caso de las Universidades en la información complementaria presentada por la Secretaría de Políticas Universitarias dependiente del Ministerio de Educación (incluidas todas las partidas subparciales de la clasificación del gasto por su objeto).

Como consecuencia del criterio adoptado para la contabilización de las transferencias consolidables, la diferencia entre las transferencias devengadas y las efectivizadas se consideró en la cuenta de financiamiento como una variación de las transferencias a cobrar.

Una consideración especial merecen las Variaciones de Disponibilidades, que fueron tomadas por su monto neto en cada nivel institucional, quedando expuestas, en cada caso, como una disminución o como un incremento, según correspondiera, toda vez que es dicho saldo el relevante a la hora de determinar el financiamiento de la gestión.

En esta presentación no se ha consolidado la compraventa de bienes y servicios ni los pagos de tributos que realizan entre sí los distintos subsectores, a los efectos de no distorsionar la importancia de las operaciones surgidas de la propia actividad de los mismos.

A continuación se comentan algunos aspectos específicos de cada nivel institucional.

Administración Nacional

La información presupuestaria fue obtenida de los datos registrados en el S.I.D.I.F.

A su vez los organismos de la Administración Nacional dieron cumplimiento a los requerimientos dispuestos por la Disposición Nº 71/10 y sus modificatorias de la Contaduría General de la Nación. El objeto de esta disposición es buscar consistencia contrastando el S.I.D.I.F. y la información presentada.

Se consideraron los ingresos corrientes, los recursos de capital y las fuentes financieras con base en los importes percibidos en cada caso, mientras que los gastos corrientes y de capital, los gastos figurativos y las aplicaciones financieras se consignaron por sus montos devengados. Como excepción a la regla general utilizada para los recursos, las contribuciones figurativas fueron el único caso en que se tomó la etapa de su devengamiento a los efectos de resguardar los criterios de consolidación previamente descriptos.

Las Fuentes y Aplicaciones Financieras, como ya se señalara, fueron cerradas a partir de los valores de la ejecución presupuestaria registrados en el S.I.D.I.F.

Empresas y Sociedades del Estado

El esquema para este subsector registra la totalidad de los recursos y gastos de las Empresas del Estado, incluyendo los propios de su actividad.

A nivel de subsector y previo a la consolidación, se procedió a clasificar las Empresas en dos grupos: en Marcha y Residuales, debido al desigual impacto económico y financiero derivado de la diversa naturaleza y operatoria de dichos entes.

Las principales fuentes de información del subsector fueron la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial dependiente de la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas para las Empresas Residuales y las propias Empresas para el caso de las que se encuentran en Marcha.

Las ejecuciones de recursos y erogaciones fueron suministradas por las propias entidades del subsector, en cumplimiento de la Disposición Nº 71/10 y sus modificatorias de la Contaduría General de la Nación.

En lo referente a los valores ejecutados de los respectivos presupuestos merece señalarse que se incluyó la totalidad de las empresas incluidas en el Presupuesto Consolidado del Sector Público Nacional aprobado por Decisión Administrativa Nº 1.051 del 27 de septiembre de 2016.

Entes Públicos

El esquema para este subsector registra la totalidad de los recursos y gastos de los Entes Públicos.

Las ejecuciones de recursos y erogaciones fueron suministradas por las propias entidades del subsector en cumplimiento de la Disposición Nº 71/10 y sus modificatorias de la Contaduría General de la Nación.

En los valores ejecutados de los respectivos presupuestos no se incluyó a la totalidad de Entes del sector consolidable, ya que la Dirección de Obra Social del Servicio Penitenciario Federal (OSSPF) no dio cumplimiento a la remisión de información dispuesta por las normas de cierre.

Fondos Fiduciarios

El esquema para este subsector registra la totalidad de los recursos y gastos de los Fondos Fiduciarios del Estado Nacional.

Las ejecuciones de recursos y erogaciones fueron suministradas por las propias entidades del subsector en cumplimiento de la Disposición Nº 71/10 y sus modificatorias de la Contaduría General de la Nación.

Cabe mencionar que en los valores ejecutados no se incluyó la totalidad de los Fondos Fiduciarios ya que el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial no remitió la información correspondiente.

Asimismo, cabe aclarar el caso del Fondo Fiduciario para Subsidios a Consumos Residenciales de Gas Licuado de Petróleo. Respecto del mismo, se ha recibido la rendición de cuentas por parte de Nación Banca Fiduciaria por la ejecución residual del “Fideicomiso para Consumo Residencial de GLP - Ley 26020”, Ente N° 324579, CUIT 30-71072524-8.

En abril de 2015 por Decreto Nº 470/2015, se crea el Régimen Regulatorio de la Industria y Comercialización de Gas Licuado de Petróleo - Programa Hogares con Garrafa (HOGAR) y el mencionado fideicomiso pasó a ser administrado por Nación Fideicomisos y a llamarse “Fideicomiso de Administración para Consumos Residenciales de Gas Licuado de Petróleo” (N° de ente: 552696 CUIT 30-71480856-3), quedando sólo las operaciones residuales en manos del Fideicomiso anterior.

Respecto de este último ente creado por Decreto Nº 470/2015 no se expone información habida cuenta que el mismo no ha dado cumplimiento a la normativa de cierre de ejercicio.