CAPITULO X: INFORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Organismo Responsable: Dirección Nacional de Ocupación y Salarios del Sector Público Nacional
Decreto N° 645/95. Plataforma mínima de información salarial presupuestaria. (Ver además Resolución Nº 222/95 S.H.)
Resolución N° 84/96 de la Secretaría de Hacienda. Establece las normas y procedimientos a los que se deberán ajustar las UEP de programas y/o proyectos especiales financiados total o parcialmente por Organismos Internacionales. (modificada por la Resolución S.H. Nº 202/01)
Resolución Conjunta N° 208/97 de la Secretaría de la Función Pública y de la Secretaría de Hacienda. Implementa el Nomenclador Único de Organismos (NUDO) en el ámbito de la Administración Nacional.
Resolución N° 545/98 de la Secretaría de Hacienda. Establece normas y procedimientos a los que deberán ajustarse las UEP de programas y/o proyectos especiales en ejecución o preparación, cualquiera fuere su forma de financiamiento externo por Organismos Internacionales. (Modificada por la Resolución S.H. Nº 202/01)
Ley Nº 11.672 (t. o. 1999) , Art. 78
Ley Nº 25.152, art. 8°, inc. e)
Resolución S.H. Nº 284/00. Las Empresas y Sociedades del Estado, alcanzadas por lo dispuesto en los art. 1º, 2º y 7º del Decreto Nº 430/00, deberán remitir a la Dir. Nac. De Ocup. y Salarios del Sector Público Nacional, información de carácter salarial y ocupacional, compatible con el ahorro generado en las liquidaciones mensuales.
Decreto Nº 691/00. Se aprueba el Régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional que presta servicios en los organismos y entidades incluidas en el artículo 8º de la Ley Nº 24.156. Ámbito de aplicación.(Modificado por el Decreto Nº 1040/00)
Resolución SH Nº 353/00. Establece que el Registro de Entidades creado por Decreto Nº 691/00, estará a cargo de la Dir. Nac. De Ocupación y Salarios del Sector Púb. Nacional. (Modificado por la Resolución S.H. Nº 150/01)
Decreto Nº 1020/00. Determina que las Jurisdicciones y Entidades del P.E.N. deberán informar los movimientos de altas y bajas, con periodicidad mensual, de su personal de Pta. Permanente, Pta. Transitoria y de aquellos que efectúen servicios bajo distintas modalidades de contratación, cuyos gastos se imputen al Inciso 1.
Resolución S.H. Nº 458/00. Prorroga en 90 días los plazos fijados por la Resolución S.H. Nº 353/00, para caducidad viejos códigos.
Resolución S.H. Nº 52/01. Se dictan Normas especificas con respecto al personal de las FF.AA. y de Seguridad.
Resolución S.H. Nº 122/01. Prorróganse las fechas hasta las cuales podrán realizarse operaciones de precancelación.
Resolución S.H. Nº 284/01 . procedimiento a seguir por los SAF para extender Certificados, con motivo de la sanción de la Ley Nº 25.453.
Resolución Conjunta Nº 151/02 de la Secretaría de Políticas Universitarias y Nº 86/02 de la Secretaría de Hacienda. Plataforma mínima de información salarial presupuestaria del Sistema Integrado de Recursos Humanos. Normas Técnicas y plazos a los que deberán ajustarse las Universidades Nacionales para la entrega de los datos generales en sus sistemas liquidadores de haberes.
Artículo 30 de la Ley 25.827. Extiende el ámbito de aplicación del Sistema Integrado de Recursos Humanos (SIRHU).
Resolución Nº 24/04 de la Secretaría de Hacienda. Normas Mínimas a las que deben ajustarse las Jurisdicciones y Entidades comprendidas en el Art.- 8º incisos a), b) y c) de la Ley Nº 24.156, para la entrega de la Plataforma Mínima de información salarial presupuestaria del Sistema Integrado de Recursos Humanos.
Ley N° 26.198, Articulo 16. Sobre Incrementos salariales generados en Acuerdos Colectivos en el marco de las Leyes Nros. 24.185 y 14.250.