RESOLUCIÓN Nº 24/04 de la Secretaría de Hacienda.
BUENOS AIRES, 17 FEB 2004
VISTO el Artículo 30 de la Ley Nº 25.827 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004, incorporado a la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999) por el Artículo 75 de dicha ley y el Decreto Nº 645 del 4 de mayo de 1995, y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado Artículo 30
de la Ley Nº 25.827 extiende el ámbito de aplicación del Sistema Integrado de
Recursos Humanos -SIRHU- a los incisos b) y c) del Artículo 8º de la Ley Nº
24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional y sus modificaciones.
Que el último párrafo del
citado artículo dispone que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION establecerá las normas complementarias y aclaratorias y
será la Autoridad de Aplicación en lo relativo a las disposiciones del mismo.
Que, a partir de la vigencia
del Decreto Nº 645 del 4 de mayo de 1995, la SECRETARIA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha dictado resoluciones con normas técnicas
y plazos que hicieron posible operar el Sistema Integrado de Recursos Humanos
-SIRHU-, con los datos de las liquidaciones de haberes del personal permanente,
temporario y contratado del ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL y contratado en
las Unidades Ejecutoras de los Préstamos (UEP) de programas y/o proyectos
especiales financiados total o parcialmente por Organismos Internacionales en
el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que la extensión de la
cobertura del Sistema Integrado hace necesario el dictado de normas técnicas y
plazos complementarios a los ya existentes, para las Jurisdicciones y Entidades
alcanzadas por efecto de la aplicación del Artículo 30 de la Ley Nº 25.827,
como así también la adecuación de las vigentes y su integración dentro de un
mismo acto legal en función de la economía y simplificación de actos
administrativos.
Que la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la
intervención que le compete.
Que el presente acto se dicta
en función de lo establecido en el último párrafo del Artículo 30 de la Ley Nº
25. 827.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Las
Jurisdicciones y Entidades comprendidas en el ámbito definido por el Artículo
8º, incisos a), b) y c) de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de
los Sistemas de Control del Sector Público Nacional deberán entregar a la
Dirección Nacional de Ocupación y Salarios del Sector Público de la
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION un archivo, en soporte digital, con los datos generados
en su sistema liquidador de haberes, en función de lo dispuesto por el Decreto
Nº 645 del 4 de mayo de 1995, para conformar la plataforma mínima de
información salarial presupuestaria del Sistema Integrado de Recursos Humanos
-SIRHU-, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 30 de la Ley Nº 25.827 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004,
incorporado a la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o.
1999) por el Artículo 75 de dicha ley.
ARTICULO 2º.- Apruébanse las
normas técnicas y plazos a los que deberán ajustarse las Jurisdicciones y
Entidades comprendidas en el ámbito definido por el Artículo 8º, incisos a), b) y c) de la Ley Nº 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público
Nacional para la entrega de la plataforma mínima de información salarial
presupuestaria del Sistema Integrado de Recursos Humanos -SIRHU- que se
detallan en los Anexos I y II a la presente resolución y forman parte
integrante de la misma.
ARTICULO 3°.- Las
Jurisdicciones y Entidades comprendidas en el ámbito definido por el Artículo 8º, incisos a), b) y c) de la
Ley Nº 24.156 deberán clasificar los
datos incluidos en sus entregas de lotes de información del Sistema Integrado
de Recursos Humanos -SIRHU-, a través del Nomenclador Unico de Organismos
(NUDO), definido en la Resolución Conjunta N° 208 del 15 de octubre de 1997 de
la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS y la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, en función de lo definido en el Anexo II de la presente resolución.
ARTICULO 4º.- La Dirección
Nacional de Ocupación y Salarios del Sector Público de la SUBSECRETARIA DE
PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION actualizará el Nomenclador Unico de Organismos (NUDO), establecido
por la Resolución Conjunta Nº 208/97 de la SECRETARIA DE HACIENDA y la ex
SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, en la parte correspondiente a la operación
del Sistema Integrado de Recursos Humanos -SIRHU-, de acuerdo con la
metodología descripta en el Punto V, Anexo II de la presente resolución.
ARTICULO 5º.- Deróganse las
Resoluciones Nros. 222 del 17 de mayo de 1995 y 222 del 1 de abril de 1996 de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y 387 del 4 de octubre de
2000 de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA.
ARTICULO 6º.- Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 24/04
S.H.