RESOLUCIÓN Nº 24/04 de la Secretaría de Hacienda.


BUENOS AIRES, 17 FEB 2004

VISTO el Artículo 30 de la Ley Nº 25.827 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004, incorporado a la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999) por el Artículo 75 de dicha ley y el Decreto Nº 645 del 4 de mayo de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado Artículo 30 de la Ley Nº 25.827 extiende el ámbito de aplicación del Sistema Integrado de Recursos Humanos -SIRHU- a los incisos b) y c) del Artículo 8º de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones.

Que el último párrafo del citado artículo dispone que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION establecerá las normas complementarias y aclaratorias y será la Autoridad de Aplicación en lo relativo a las disposiciones del mismo.

Que, a partir de la vigencia del Decreto Nº 645 del 4 de mayo de 1995, la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha dictado resoluciones con normas técnicas y plazos que hicieron posible operar el Sistema Integrado de Recursos Humanos -SIRHU-, con los datos de las liquidaciones de haberes del personal permanente, temporario y contratado del ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL y contratado en las Unidades Ejecutoras de los Préstamos (UEP) de programas y/o proyectos especiales financiados total o parcialmente por Organismos Internacionales en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que la extensión de la cobertura del Sistema Integrado hace necesario el dictado de normas técnicas y plazos complementarios a los ya existentes, para las Jurisdicciones y Entidades alcanzadas por efecto de la aplicación del Artículo 30 de la Ley Nº 25.827, como así también la adecuación de las vigentes y su integración dentro de un mismo acto legal en función de la economía y simplificación de actos administrativos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en función de lo establecido en el último párrafo del Artículo 30 de la Ley Nº 25. 827.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Las Jurisdicciones y Entidades comprendidas en el ámbito definido por el Artículo 8º, incisos a), b) y c) de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional deberán entregar a la Dirección Nacional de Ocupación y Salarios del Sector Público de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION un archivo, en soporte digital, con los datos generados en su sistema liquidador de haberes, en función de lo dispuesto por el Decreto Nº 645 del 4 de mayo de 1995, para conformar la plataforma mínima de información salarial presupuestaria del Sistema Integrado de Recursos Humanos -SIRHU-, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 30 de la Ley Nº 25.827 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004, incorporado a la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999) por el Artículo 75 de dicha ley.

ARTICULO 2º.- Apruébanse las normas técnicas y plazos a los que deberán ajustarse las Jurisdicciones y Entidades comprendidas en el ámbito definido por  el Artículo 8º, incisos a), b) y c) de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional para la entrega de la plataforma mínima de información salarial presupuestaria del Sistema Integrado de Recursos Humanos -SIRHU- que se detallan en los Anexos I y II a la presente resolución y forman parte integrante de la misma.

ARTICULO 3°.- Las Jurisdicciones y Entidades comprendidas en el ámbito definido por  el Artículo 8º, incisos a), b) y c) de la Ley Nº 24.156 deberán clasificar  los datos incluidos en sus entregas de lotes de información del Sistema Integrado de Recursos Humanos -SIRHU-, a través del Nomenclador Unico de Organismos (NUDO), definido en la Resolución Conjunta N° 208 del 15 de octubre de 1997 de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en función de lo definido en el Anexo II de la presente resolución.

ARTICULO 4º.- La Dirección Nacional de Ocupación y Salarios del Sector Público de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION actualizará el Nomenclador Unico de Organismos (NUDO), establecido por la Resolución Conjunta Nº 208/97 de la SECRETARIA DE HACIENDA y la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, en la parte correspondiente a la operación del Sistema Integrado de Recursos Humanos -SIRHU-, de acuerdo con la metodología descripta en el Punto V, Anexo II de la presente resolución.

ARTICULO 5º.- Deróganse las Resoluciones Nros. 222 del 17 de mayo de 1995 y  222 del 1 de abril de 1996 de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y 387 del 4 de octubre de 2000 de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA.

ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 

RESOLUCION Nº 24/04 S.H.

 


ANEXOS