INTRODUCCIÓN

 

 

La Cuenta de Inversión del ejercicio 1993, que se somete a consideración, ha sido formulada con aplicación de la metodología que surge de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, promulgada el 26 de octubre de 1992.

 

Esta norma constituye una propuesta dinámica de cambio que está en desarrollo, cuya profundidad conceptual y ámbito de aplicación, determinan importantes modificaciones en distintos campos.  Por primera vez, se ha procedido a elaborar los estados contables del presente ejercicio con arreglo a los principios contables, organizando la contabilidad en un sistema de partida doble, individualizando en cada caso los deudores y acreedores de cada operación, en el momento en que las mismas producen su efecto patrimonial.

 

Las transacciones económico financieras que ingresan a la Contabilidad del Estado son ordenadas según el catálogo básico de cuentas y estados contables para la Administración Nacional, aprobado por Resolución Nº 1.397 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, el 22 de noviembre de 1993.  Este plan de cuentas único permite integrar las operaciones de las distintas entidades del Sector Público Nacional.  Las transacciones se registran en una única oportunidad, utilizando las clasificaciones presupuestarias primarias y su conversión, en forma automática, en clasificaciones agregadas que posibilitan determinar los diversos estados económico - financieros.  En el ejercicio 1993 esta operatoria se verificó sólo para la Administración Central, operando los diferentes Organismos Descentralizados e Instituciones de Seguridad Social en su forma tradicional.

 

Este relacionamiento automático opera con el soporte informático de una base de datos que permite el ordenamiento de la información y habilita producir por agregación los estados presupuestarios y financieros que muestran la gestión y situación de las entidades públicas y la situación patrimonial de la Administración Central.

 

Esta multiplicidad de cambios representan modificaciones importantes en la formulación y expresión de los estados contables que continuarán evolucionando  a medida que se amplíen y extiendan sus alcances, se vayan completando los procesos iniciados y se acceda a una más completa y detallada información de la gestión y situación patrimonial del gobierno.

 

La contabilidad gubernamental concebida de esta manera, opera como integrador del sistema de información financiera cuyos componentes son los sistemas de Presupuesto, de Crédito Público y de Tesorería.

 

La Cuenta de Inversión del ejercicio 1993 organiza la información anteriormente desagregada e incorpora datos patrimoniales de movimientos de existencias y bienes de uso de la Administración Central y el patrimonio neto de los Organismos Descentralizados, Instituciones de Seguridad Social y Empresas Públicas.  Para el registro de la deuda se procesan los datos que suministra la Oficina Nacional de Crédito Público, proveniente del relevamiento y análisis documentario efectuado por ella.

 

La Cuenta de Inversión es una herramienta de fundamental importancia para exponer los resultados anuales de la gestión del Gobierno, lo que garantiza el ejercicio de los mecanismos republicanos de control de los actos de gobierno, en el marco de la división de poderes.

 

La Constitución Nacional en su artículo 75, inc. 8, establece como atribución del Congreso Nacional la aprobación de la Cuenta de Inversión, manifestando así sus facultades de control. Por otra parte, la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional dispone en su artículo 91 que es competencia de la Contaduría General de la Nación la preparación de la Cuenta y su presentación al Congreso.

 

La presentación de la Cuenta de Inversión a los pocos meses de finalizado el ejercicio constituye un hecho inédito y digno de ser destacado, aún más considerando la magnitud y profundidad de las reformas que se están llevando a cabo, y que suponen no solo la redefinición de su contenido y alcances, sino que también han transformado cualitativamente la información procesada y presentada.

 

En los últimos veinte años las Cuentas Generales del ejercicio se presentaron sistemáticamente con atrasos considerables.  La información correspondiente a los años 1973 a 1981 inclusive, se envió en forma conjunta a ese Honorable Congreso, el 27 de agosto de 1984 y las posteriores a partir de la correspondiente a 1982, se enviaron en forma separada sin respetar los plazos legales, con atrasos promedios superiores a un año.

 

En lo que respecta al contenido esta Cuenta de Inversión, y a efectos de brindar los elementos que permitan una adecuada comprensión de lo acontecido y de sus implicancias, se incorpora, en primera instancia un resumen de las Principales Transformaciones Metodológicas y Conceptuales que han incidido en la ejecución del Presupuesto de la Administración Nacional, y por ende, en la elaboración de esta Cuenta de Inversión, diferenciándola así de las anteriores y una descripción de los Principales acontecimientos que han tenido incidencia económico-financiera
durante 1993, constituyéndose en hechos significativos y especiales por sus características y repercusiones.

 

Más adelante, se expone un breve Comentario sobre la ejecución del nivel de Gastos y Recursos en relación a lo dispuesto en la Ley Nº 24.191.

 

A continuación se presentan los Estados de Ejecución del Presupuesto de la Administración Nacional, y de los niveles institucionales que la componen: Administración Central, Organismos Descentralizados e Instituciones de Seguridad Social, consignándose tanto la ejecución de Gastos, Recursos y Aplicaciones y Fuentes Financieras, como el Detalle de Cargos y Horas Cátedra ocupados al 31 de diciembre de 1993.

 

A estos cuadros le suceden el Estado de Movimientos y Situación del Tesoro y luego los Estados de la Deuda Pública Interna y Externa, Directa e Indirecta.

 

Respondiendo a lo dispuesto por la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, la Oficina Nacional de Presupuesto ha preparado un Informe sobre el Cumplimiento de Objetivos y Metas propuestos en el Presupuesto para los cinco organismos que aplicaron la técnica del presupuesto por programas en el presupuesto 1993 y un informe sobre Proyectos de Inversión.

 

En el último capítulo se presentan algunos Anexos y Estados Complementarios.  Dado que a la fecha de cierre los sistemas operantes en las entidades no se encontraban funcionando en forma absolutamente integrada con la base de datos central, se han detectado ciertas situaciones (excesos respecto del crédito autorizado, o bien inconsistencias entre las etapas del gasto, etc.) en algunas entidades, las que se consignan en los Anexos i; ii y iii de este Capítulo. Además se presentan otros cuadros que permiten comparar la estructura y composición institucional de la Administración Nacional entre 1992 y 1993, la Situación de las Empresas Públicas al cierre del ejercicio 1993, y los Estados de Evolución de los Residuos Pasivos constituidos al 31 de diciembre de 1992, y de la Deuda Exigible de Organismos Descentralizados durante 1993.

 

Cabe destacar que, dado que la Ley de Administración Financiera fuera sancionada sobre el fin del año 1992, el ejercicio 1993 es un año de transición hacia el objetivo final.  En razón de la magnitud de la transformación encarada y del consecuente grado de avance de las tareas de desarrollo e instrumentación del sistema de información financiera, no ha resultado factible la obtención de la totalidad de los Estados e Informes que dispone la propia Ley de Administración Financiera; en consecuencia esta Cuenta de Inversión debe considerarse como un primer -no por esto menos importante- avance, pero apenas un esbozo de lo que será la Cuenta de Inversión que definitivamente producirá el sistema cuando esté funcionando a pleno en todo el ámbito del Sector Público Nacional.

 

Concordantemente con lo ya expresado, cabe concluir que la elaboración de la Cuenta de Inversión que se presenta (no obstante la magnitud de la Reforma emprendida, que puede traducirse en ciertas limitaciones de la información presentada) ha supuesto un considerable esfuerzo que ha sido posible en virtud del marco de referencia aportado por la Ley de Administración Financiera y por la organización y el trabajo técnicamente calificado y perfeccionado.