PRINCIPALES CAMBIOS METODOLÓGICOS Y CONCEPTUALES
La Cuenta de Inversión ha sido elaborada respetando los cambios introducidos por la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, y los contenidos en la Ley Nº 24.191 de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 1993 -que contiene profundas transformaciones formales y de contenido respecto de las anteriores leyes-, los que pueden resumirse en los puntos siguientes.
La cobertura institucional y financiera ha variado sustancialmente, en un claro avance en lo que se refiere al cumplimiento del principio de universalidad del Presupuesto.
El Presupuesto de la Administración Nacional para 1993 comprende: i) organismos y ministerios de la Administración Central, servicio de la deuda pública y las transferencias a cargo del Tesoro Nacional; ii) los Organismos Descentralizados; y iii) las Instituciones de Seguridad Social -incorporándose de este modo la totalidad del Sistema de Seguridad Social a la Administración Nacional-, modificando así su magnitud y composición. Además, debe destacarse que se eliminó la categoría de las denominadas Cuentas Especiales, las que fueron reclasificadas e incorporadas, en su mayoría, en la categoría de "recursos afectados".
Por otro lado, debe destacarse la incorporación al presupuesto de la Administración Nacional de aquellas leyes que disponen la afectación de determinados tributos de origen nacional entre provincias.
Con el fin de facilitar la comprensión de este comentario, el Cuadro Nº 82 presenta una comparación de la estructura institucional vigente en 1992 y 1993, el cual permite apreciar los niveles institucionales, el reordenamiento de las instituciones (jurisdicciones) coherente con la Ley de Ministerios y la reclasificación de las entidades que las integran.
Asimismo, dado que la Ley Nº 24.156 extiende su ámbito de aplicación a todo el Sector Público Nacional, incluyendo las distintas categorías de Empresas y Sociedades del Estado, en el Cuadro Nº 83 se presenta un detalle de su situación al cierre del ejercicio 1993.
En esta presentación, y por razones de disponibilidad de la información -que será más completa a medida que avance la reforma- sólo se consignan datos sobre la ejecución de la Administración Nacional.
Otro hecho de profunda repercusión ha sido la reestructuración de los Clasificadores Presupuestarios y su correlación con el Plan de Cuentas de la Contabilidad General.
La variedad de categorías existentes, su desagregación e interrelación permiten satisfacer las necesidades de los más variados usuarios y la incorporación simultánea de los datos procesados a diversos sistemas estadísticos, presupuestarios y contables.
A las tareas de formulación de estos clasificadores, se han sumado tareas de revisión a la luz de los aspectos prácticos de su puesta en funcionamiento y una contínua tarea de capacitación, tanto en el ámbito de la Secretaría de Hacienda, como en las Entidades y Organismos.
Cabe también destacar la profunda transformación habida en las categorías programáticas, que posibilitan la efectiva aplicación de la técnica del Presupuesto por Programas. De hecho, en esta primera etapa sólo se aplicó en cinco organismos pilotos: Ministerio de Salud y Acción Social, Ministerio de Cultura y Educación, Policía Federal Argentina, Secretarías de Agricultura, Ganadería y Pesca, y de Obras Públicas y Comunicaciones del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.
Una de las consecuencias más destacables es la posibilidad de establecer las relaciones de las transacciones económico-financieras con el cumplimiento de metas, objetivos y volúmenes de trabajo que permiten así establecer los indicadores de eficacia y eficiencia, respectivamente, de la actividad estatal.
Los sistemas de Presupuesto, Crédito Público, Tesorería y Contabilidad, como integrantes de la Administración Financiera Gubernamental se han reformulado tanto en su naturaleza, como en el alcance de sus funciones. Esto ha obligado a un análisis y evaluación de los flujos de información, que es permanentemente revisada y que no puede considerarse concluida.
Es así como, en el marco del Programa de Reforma de la Administración Financiera Gubernamental, se estableció la necesidad de contar con un Sistema Integrado de Información y Gestión Financiera, centralizador de las informaciones producidas por los sistemas antes mencionados. Siendo la teoría de sistemas el sustento metodológico que ha orientado esta reforma, criterios tales como el de centralización normativa y descentralización operativa, y la interrelación de los sistemas han permitido fijar los lineamientos básicos del diseño, los que unidos al logro de los objetivos generales planteados por el Programa, orientaron el desarrollo de los sistemas.
Con base en dichos criterios, la información es generada a partir de normas y registros comunes y generales establecidos en disposiciones legales y por el órgano coordinador del sistema, y captada y procesada en el lugar en que se produce el acontecimiento, integrándose, de este modo, en forma inmediata y reflejando así todos sus efectos contables y financieros, acorde a los principios de contabilidad generalmente aceptados y permitiendo, además, que la información se integre al sistema de cuentas nacionales.
Al considerarse como ejecutado un crédito presupuestario en función del criterio de devengado, se resalta el principio de realidad económica de la Cuenta de Inversión de forma tal que los eventos económicos y financieros incidan efectivamente en el período en que ocurren, permitiéndole interrelación entre cuentas presupuestarias y contables. Es de destacar que, en razón de la adopción del criterio del devengado, se eliminan los residuos pasivos.
En esta primera etapa del proceso de informatización, el Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.D.I.F.) fue concebido contemplando cuatro aspectos básicos establecidos en el Programa de Reforma: sistemas de aplicación orientados a usuarios finales; información integrada en administradores de bases de datos utilizables en diferentes equipos; aplicaciones desarrolladas en herramientas de última generación y procesos distribuidos basados en arquitecturas abiertas y redes locales. Por otra parte, se adoptó una concepción interactiva de los procesos, con una base datos central integrada -que es el soporte de la información- generada y actualizada por las entidades y los subsistemas, los que interactúan con el sistema. Se han alcanzado objetivos de fundamental importancia, tales como disponer de las funciones de los Sistemas de Presupuesto, Tesorería y Contabilidad, informatizada e integrada con base en la reformulación planteada por la Ley Nº 24.156.
No obstante, debe destacarse que esta integración ha sido progresiva durante 1993 y que aún no ha finalizado.
Los sistemas de Presupuesto y Contabilidad fueron los que en primera instancia integraron sus registros. Hacia mediados de 1993 se inició la integración de Tesorería y al finalizar el ejercicio se puso en marcha el proceso de registro contable automático que permite la obtención de estados contables como salidas lógicas del sistema a partir de la información procesada.
Si bien el Sistema de Crédito Público aun no está totalmente integrado, se han realizado notables avances en lo que se refiere a la puesta en marcha de un sistema apropiado para la gestión y registro de la Deuda.
En lo que respecta a la relación con los Ministerios, Organismos y Entidades que componen la Administración Pública, se están desarrollando acciones para facilitar la sistematización de su gestión interna y la comunicación en tiempo real con el S.I.D.I.F.. Como primer avance se ha logrado que muchas entidades envíen su información por medios magnéticos, a fin de lograr una más eficiente asignación de recursos humanos y materiales.