BUENOS AIRES,
21 de Julio de 2003
VISTO
lo propuesto por la UNIDAD INFORMÁTICA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que la SUBSECRETARÍA DE
PRESUPUESTO se encuentra abocada a la Implantación y Réplica del SISTEMA INTEGRADO
DE INFORMACIÓN FINANCIERA LOCAL (S.L.U.) y a la reingeniería del SISTEMA
INTEGRADO DE INFORMACIÓN FINANCIERA (S.I.D.I.F.).
Que la UNIDAD INFORMÁTICA es la responsable tanto del desarrollo y mantenimiento del sistema
central de la SECRETARÍA DE HACIENDA como de los Sistemas Locales Unificados, y
como tal debe asegurar la correcta interpretación de los requerimientos
funcionales que los distintos usuarios del sistema requieran.
Que a tal fin las normas de calidad en la materia recomiendan que tales
requerimientos se efectúen mediante la utilización de planillas uniformes y de
uso común (templates).
Que, asimismo, a fin de organizar su adecuado tratamiento en tiempo y
forma, es conveniente determinar tanto los procesos de priorización y análisis
de los requerimientos que los Órganos Rectores y los Organismos de la
Administración Nacional le efectúen a la UNIDAD INFORMÁTICA, a través del
Sistema de Administración de Problemas Informáticos (S.A.P.I.), como el pertinente cronograma de tareas y la
consiguiente asignación de responsabilidades.
Que por su parte la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, en su carácter de
administradora del Sistema de Administración Financiera, debe velar por uniformidad de los procesos de solicitud
de desarrollo de definiciones, cambios funcionales y resolución de los
eventuales problemas.
Que a tales fines se torna necesario el dictado de medidas que
coadyuven a los fines antes citados, razón por la cual los Órganos Rectores de
la SECRETARÍA DE HACIENDA deberán, a efectos de proceder a efectuar su requerimientos a la UNIDAD INFORMÁTICA,
utilizar un formulario “Template para la
Especificación de Requerimientos”.
Que con el alcance antes fijados la UNIDAD INFORMÁTICA y los ÓRGANOS
RECTORES deberán ajustar sus procedimientos de priorización y análisis de
S.A.P.I.’s a un circuito uniforme preestablecido.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades
establecidas por el artículo 88 y 91 de la Ley Nº 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y el
artículo 1º del Decreto Nº 67 de fecha 13 de enero de 2003.
Por ello,
EL
CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
Y
EL
COORDINADOR DE LA UNIDAD INFORMÁTICA
DISPONEN:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el “Template para
la Especificación de Requerimientos” cuyo modelo obra como Anexo I, y que forma
parte de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el “Circuito
Semanal de Priorización de SAPI’S” cuyo modelo obra como Anexo II, y que forma
parte de la presente Disposición.
ARTÍCULO 3º.- La UNIDAD INFORMÁTICA
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA, será la autoridad de aplicación de la
presente medida, con facultades interpretativas, aclaratorias y complementarias
a que hubiere lugar.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.
DISPOSICIÓN
N°: 20/03 C.G.N.
DISPOSICIÓN
N°: 30/03 U.I.
ANEXO
I - Template para
la Especificación de Requerimientos
ANEXO
II - Circuito
Semanal de Priorización de SAPI’S