BUENOS AIRES, 17 de
marzo de 2003
VISTO el
Artículo 88 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional y las Resoluciones Nº 562 de fecha 19 de
diciembre de 1994 y 47 de fecha 05 de septiembre de 1996, ambas de la
SECRETARÍA DE HACIENDA,
CONSIDERANDO:
Que la
Ley mencionada en el VISTO en su artículo 91 inciso f) establece que la
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN tendrá competencia para administrar un sistema
de información financiera, que permanentemente permita conocer la gestión
presupuestaria de caja y patrimonial, así como los resultados operativo,
económico y financiero de la Administración Central, de cada Entidad
Descentralizada y del Sector Público Nacional en su conjunto.
Que la Resolución Nº 562/94 S.H.
aprueba el Manual de Ejecución Presupuestaria de Gastos para la Administración
Nacional.
Que la Resolución Nº 47/96 S.H.
facultó a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SUBSECRETARÍA
DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, a realizar modificaciones en los procedimientos e
instructivos de ejecución presupuestaria de recursos y gastos de la
Administración Nacional, aprobados por las Resoluciones Nº 562/94 y Nº 564/94,
ambas de la SECRETARÍA DE HACIENDA, y sus normas complementarias.
Que a fin de simplificar los
procedimientos y mejorar la gestión financiera, resulta necesario definir un
procedimiento transitorio para el registro de gastos y la percepción de
recursos figurativos para Organismos Usuarios del SIDIF LOCAL UNIFICADO – SLU.
Que tales modificaciones se enmarcan dentro de los procesos de
reingeniería del Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.D.I.F.) que
lleva adelante la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades
establecidas por el artículo 88 y 91 de la Ley Nº 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, el
artículo 6º de la Resolución Nº 562/94 S.H. y el artículo 3º de la Resolución
47/96 S.H.
Por ello,
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el
“Procedimiento Transitorio para el Registro de Gastos y la Percepción de
Recursos Figurativos de Organismos Usuarios del SIDIF LOCAL UNIFICADO – SLU”,
el cual se especifica en el Anexo I que se adjunta, y que forma parte de la
presente Disposición.
ARTÍCULO 2º.- Las Órdenes de Pago destinadas a
financiar gastos del Inciso 1 (Personal) emitidas por Servicios Administrativo
Financieros que cuenten con el Sistema SLU a favor de Organismos
Descentralizados, cualquiera fuere el Sistema que éstos operen, deberán ser presentada ante la DIRECCIÓN DE
PROCESAMIENTO CONTABLE conjuntamente con los lotes del SIRAL (Ex – SIRUH).
ARTÍCULO
3º.- En todos los casos el triplicado de la Orden de Pago de Erogaciones
Figurativas se entregará, como constancia de su recepción por parte de la
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, a la persona que la presente en las
pertinentes ventanillas.
ARTÍCULO 4º.- Déjase sin efecto la
Circular Nº 02/03 CGN “Procedimiento Transitorio de Registro de Gastos y Recursos Figurativos para Organismos
usuarios del SIDIF LOCAL UNIFICADO – SLU” de fecha 27 de enero de 2003.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.
DISPOSICIÓN
Nº:
09/03 CGN
ANEXO
I - Procedimiento Transitorio para el Registro de
Gastos y la Precepción de Recursos Figurativos de Organismos Usuarios del SLU