BUENOS AIRES, 17 de
marzo de 2003
VISTO el
Artículo 88 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional y las Resoluciones Nº 564 de fecha 21 de
diciembre de 1994 y 47 de fecha 05 de septiembre de 1996, ambas de la
SECRETARÍA DE HACIENDA,
CONSIDERANDO:
Que la
Ley mencionada en el VISTO en su artículo 91 inciso f) establece que la
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN tendrá competencia para administrar un sistema
de información financiera, que permanentemente permita conocer la gestión
presupuestaria de caja y patrimonial, así como los resultados operativo,
económico y financiero de la Administración Central, de cada Entidad
Descentralizada y del Sector Público Nacional en su conjunto.
Que la Resolución Nº 564/94 S.H.
aprueba el Manual de Registro de Recursos y Conciliación Bancaria Automática
para la Administración Nacional.
Que la Resolución Nº 47/96 S.H.
facultó a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SUBSECRETARÍA
DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, a realizar modificaciones en los procedimientos e
instructivos de ejecución presupuestaria de recursos y gastos de la
Administración Nacional, aprobados por las Resoluciones Nº 562/94 y Nº 564/94,
ambas de la SECRETARÍA DE HACIENDA, y sus normas complementarias.
Que en los procesos de Reingeniería del
SIDIF Central se ha eliminado la operación de “Desconfirmación de Error” del
Formulario C-10 “Informe de Recursos” y que hasta tanto esta CONTADURÍA GENERAL
DE LA NACIÓN informe los cambios que se deben realizar en los sistemas
informáticos para enviar Formularios C-10 de “Desafectación”, con el objeto de
obtener información oportuna y facilitar un adecuado manejo de los créditos y las
cuotas, resulta necesario definir un procedimiento transitorio para informar
las transacciones que se realizaban a través de dicha función.
Que tales modificaciones se enmarcan dentro de los procesos de
reingeniería del Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.D.I.F.) que
lleva adelante la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades
establecidas por el artículo 88 y 91 de la Ley Nº 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, el
artículo 4º de la Resolución Nº 564/94 S.H. y el artículo 3º de la Resolución
47/96 S.H.
Por ello,
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el
“Procedimiento Transitorio para notificar el envío de Formularios C-10 “Informe
de Recursos” de Desafectación”, que se detalla en el Anexo I que se adjunta y
que forma parte integrante de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2º.- Déjase sin efecto la
Circular Nº 16/02 CGN “Cambios al Módulo de Recursos – Eliminación de la
función “Desconfirmación con error”. Etapa de transición”.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese y archívese.
DISPOSICIÓN
Nº:
08/03 CGN
ANEXO
I - Procedimiento Transitorio para notificar
envío de Fromularios C-10 "Informe de Resursos de Desafectación"