PROCEDIMIENTO TRANSITORIO DE REGISTRO DE GASTOS Y RECURSOS FIGURATIVOS PARA ORGANISMOS USUARIOS DEL SIDIF LOCAL UNIFICADO – SLU.

 

Servicio Cedente: corresponde al SAF titular del Crédito Presupuestario de Inciso 9.

Servicio Receptor: es aquel que recibirá los fondos.

 

A) SERVICIOS ADMINISTRATIVO FINANCIEROS CEDENTE Y RECEPTOR CON SLU.

1)     El Servicio Receptor de figurativas deberá solicitar por nota, u otro medio que disponga el SAF Cedente, la emisión del Formulario C-41 de Compromiso y Devengado de gastos figurativos.

2)     El Servicio Cedente emitirá el Formulario C-41 de Compromiso y Devengado desde el Módulo de Gastos del SLU y lo transmitirá vía TRANSAF al SIDIF Central para su proceso.

3.1)   Si el gasto por figurativas es de fuente de financiamiento 11 “Tesoro Nacional” o 15 “Crédito Interno” (administrados por la Tesorería General de la Nación), el pagador de la Orden de Pago será la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Al realizarse el pago de la misma se actualizará el extracto de la cuenta escritural del SAF Receptor y se enviará vía TRANSAF el pagado al Organismo Cedente.

3.2)   Si el gasto por figurativas es de fuente de financiamiento distinta a las mencionadas  en el párrafo 3.1, el pagador de la Orden de Pago será el propio Organismo. Al realizarse el pago de la misma se actualizarán los extractos de las cuentas escriturales de ambos y se enviará vía TRANSAF el pagado al SAF Cedente.

4)     El SAF Receptor, al verificar la acreditación de fondos en su cuenta escritural, generará un Formulario C-10 de Recaudación con la imputación correspondiente y lo enviará al SIDIF Central para su proceso.

 

B) SERVICIOS ADMINISTRATIVO FINANCIEROS CEDENTE CON SLU Y RECEPTOR SIN SLU.

1)  El servicio Receptor de los fondos de figurativas deberá solicitar por nota, u otro medio que disponga el SAF Cedente, la emisión del Formulario C-41 de Compromiso y Devengado de gastos figurativos al SAF presupuestario.

2)  El Servicio Cedente emitirá el Formulario C-41 de Compromiso y Devengado desde el Módulo de Gastos del SLU y lo transmitirá vía TRANSAF al SIDIF Central para su proceso.

3.1)  Si el gasto por figurativas es de fuente de financiamiento 11 “Tesoro Nacional” o 15 “Crédito Interno” (administrados por la Tesorería General de la Nación), el pagador de la Orden de Pago será la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Al realizarse el pago de la misma se actualizará el extracto de la cuenta escritural del SAF Receptor y se enviará vía TRANSAF el pagado al Organismo Cedente.

3.2)  Si el gasto por figurativas es de fuente de financiamiento distinta a las mencionadas  en el párrafo 3.1, el pagador de la Orden de Pago será el propio Organismo. Al realizarse el pago de la misma se actualizarán los extractos de las cuentas escriturales de ambos y se enviará vía TRANSAF el pagado al SAF Cedente.

4)  Al efectuarse el pago de la figurativa el Módulo de Pagos del SIDIF Central generará un Formulario C-10 de Recaudación con la imputación correspondiente y lo enviará al SAF Receptor por los procedimientos habituales.

 

C) SERVICIOS ADMINISTRATIVO FINANCIEROS CEDENTE SIN SLU Y RECEPTOR CON SLU.

1)  Si el gasto es de fuente de financiamiento 11 “Tesoro Nacional”, el Servicio Receptor remitirá a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN el Formulario C-41 de Compromiso y Devengado de gastos figurativos por los procedimientos habituales que actualmente utiliza.

En este caso el pagador de la Orden de Pago será la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Al realizarse el pago de la misma se actualizará el pagado en el SIIDF Central y el extracto de la cuenta escritural del SAF Receptor.

2)  Si el gasto es de Fuente de Financiamiento distinta de 11 “Tesoro Nacional”, el Servicio Cedente emitirá el Formulario C-41 por los procedimientos habituales que actualmente utiliza.

En este caso el pagador de la Orden de Pago será el propio Organismo. Al realizarse el pago de la misma se actualizarán los extractos de las cuentas escriturales de ambos y se enviará el pagado al SAF Cedente.

3)  El SAF Receptor al verificar la acreditación de fondos en su cuenta escritural generará un Formulario C-10 de Recaudación con la imputación correspondiente y lo enviará vía TRANSAF al SIDIF Central para su proceso.

 

Disposición Nº 9/03 CGN


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