PROCEDIMIENTO TRANSITORIO – FORMULARIOS C-10 “INFORME DE RECURSOS” CLASE DE REGISTRO: “DESAFECTACIÓN”

 

Cuando un Servicio Administrativo Financiero reciba del SIDIF Central un Formulario C-10 de “Recaudación” que contiene montos por devolución de gastos del ejercicio vigente y que por lo tanto no son recursos del Organismo, deberá enviar a la Dirección de Procesamiento Contable de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN los siguientes Formularios para su carga en forma manual:

Para la Desafectación del Formulario Original:

Para el Registro de los Recursos Ingresados:

Los formularios recibidos serán ingresados al SIDIF Central, previa verificación de los datos informados en el campo observaciones y, de no existir errores, se confirmará la operación.

Una vez confirmado el formulario de Desafectación, el SIDIF Central enviará vía TRANSAF al Servicio la misma respuesta que recibe actualmente cuando se informa una desconfirmación con error.

Con respecto al formulario de Recaudación el SAF deberá ingresarlo en su sistema y bloquear su transmisión (ya que de enviarlo duplicaría los registros).

Los formularios deberán ser remitidos a la Dirección de Procesamiento Contable de esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN adjuntando nota debidamente firmada por el Director General de Administración y haciendo referencia en la misma a la presente Disposición.

Para efectuar consultas sobre la confección de los formularios en los sistemas Locales que provee la SECRETARÍA DE HACIENDA (SIDIF OD o AC) deberán comunicarse con el personal de la mesa de ayuda de la UNIDAD INFORMÁTICA al teléfono 4349-6182 o por email a mesa@mecon.gov.ar

La operatoria descripta no es de aplicación para los Servicios que utilizan el sistema CONPRE, ya que los mismos están habilitados para enviar desafectaciones a través del sistema TRANSAF.

 

Disposición Nº 8/03 CGN


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