PROCEDIMIENTO DE ALTAS Y BAJAS DE FUNCIONARIOS HABILITADOS A FIRMAR LOTES

A) ALTA Y BAJA DE CLAVES

A.1. Procedimiento Habitual

El alta de nuevos firmantes, como la baja de alguno de los existentes, comenzarán a regir a partir del primer día del mes siguiente al cual se soliciten las mismas, conforme el procedimiento que se describe a continuación:

1. El Servicio deberá solicitar por nota a la Dirección de Normas y Sistemas las bajas y las altas de las claves mensuales y/o anuales, solo se podrá habilitar a tres funcionarios por Organismo, por lo cual, si el Servicio al solicitar el alta de un nuevo firmante ya tiene tres funcionarios habilitados, deberá dar de baja a uno de ellos.

2. La Dirección de Normas y Sistemas realizará las altas y bajas en las tablas respectivas del S.I.D.I.F.

3. Un procedimiento automático, ejecutado periódicamente generará las claves al detectar modificaciones.

4. La Dirección de Normas y Sistemas informará a la Dirección de Auditoria de Sistemas los cambios efectuados.

5. Las áreas responsables retirarán, ensobrarán y distribuirán según los procedimientos vigentes de claves anuales y mensuales, incluidas en el Anexo II de la presente.

A.2. Procedimiento por Excepción

Conforme surge del apartado A.1. las claves comienzan a tener vigencia a partir del primer día del mes siguiente a su alta, excepto en los siguientes casos:

- Creación de un nuevo Servicio Administrativo Financiero.

- Cambio de todos los firmantes del Servicio Administrativo Financiero.

- Extravío de los sobres de los firmantes.

- Cese de funcionario habilitado.

El procedimiento a aplicar será el siguiente:

1. El Servicio deberá solicitar por nota a la Dirección de Normas y Sistemas las bajas y las altas de las claves mensuales y anuales, e informará las causales.

2. La Dirección de Normas y Sistemas ejecutará el programa que generará las nuevas claves anuales y mensuales respectivamente.

3. Se ensobrarán según los procedimientos de claves anuales y mensuales, previstos en el Anexo I precedente.

4. La entrega de las claves anuales se hará en la Dirección de Normas y Sistemas y las mensuales en la Dirección de Auditoría de Sistemas, por personal autorizado por el Director General de Administración del Servicio Administrativo Financiero.

B) MODIFICACIONES DE DATOS DE LOS FIRMANTES

Se entiende por modificación de datos de los firmantes, únicamente cuando, el nombre del mismo ha sido mal ingresado al sistema, o bien el cargo del funcionario ha cambiado.

A tal fin el Servicio deberá solicitar por nota a la Dirección de Normas y Sistemas, las modificaciones de datos requeridas. En este caso no se generarán nuevas claves.

 


Anexo II
Disposicion N°35/99