PROCEDIMIENTO PARA LA GENERACIÓN, ARMADO DE SOBRES Y DISTRIBUCIÓN DE FIRMAS ELECTRÓNICAS DEL SISTEMA TRANSAF
A) GENERACIÓN DE CLAVES
La Unidad Informática de la SECRETARÍA DE HACIENDA habilitará un programa que permita generar automáticamente las firmas electrónicas por ejercicio para suscribir los lotes a transmitir desde el Servicio Administrativo Financiero a través del Sistema
TRANSAF.
El procedimiento a seguir será el siguiente:
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Personal de la Dirección de Normas y Sistemas realizará las altas y bajas de los firmantes en el
S.I.D.I.F.
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Cuando la Dirección de Normas y Sistemas, así lo determine, dispondrá la generación de las claves de los firmantes que hayan sido dados de alta, e inhabilitará aquellas firmas dadas de baja.
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Una vez que el programa las haya generado, procederá a particionarlas en dos lotes iguales, a fin de permitir su distribución por separado. La primera mitad se denominará clave anual y la segunda clave mensual.
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Las claves anuales para el siguiente año serán generadas por el sistema en un plazo no menor a quince (15) días antes de la finalización del ejercicio.
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Las claves mensuales para un período serán generadas por el sistema en un plazo no menor a diez (10) días antes de finalizar el mes anterior a su vigencia.
B) CLAVES ANUALES
B.1. IMPRESIÓN
Las claves para el nuevo ejercicio serán impresas por la Dirección de Normas y Sistemas diez (10) días antes de finalizado el ejercicio inmediato anterior.
B.2. ENSOBRADO
La Dirección de Normas y Sistemas armará los sobres que contendrán la primera mitad de las claves que se les entregará a los Servicios Administrativo Financieros.
B.3. DISTRIBUCIÓN
1.
Las claves serán distribuidas en la ventanilla del Área
de Gastos de la Coordinación de Recursos y Gastos de la Dirección
de Procesamiento Contable (Oficina 320), durante los últimos cinco
(5) días antes de iniciado el año de su vigencia y los diez
(10) días posteriores al comienzo del mismo, en el horario de 10:00
a 13:00, previa presentación por parte del personal del Servicio
Administrativo Financiero de una nota firmada por el Director General de
Administración o funcionario de nivel equivalente, cuyo
modelo se adjunta, donde se deja constancia que el mismo está
autorizado a retirar las claves.
2.
Los sobres no retirados, serán guardados en la caja de seguridad de esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN por el plazo de noventa (90) días corridos.
3.
El Servicio Administrativo Financiero, deberá solicitar por nota al Sr. Contador General de la Nación, a través de la Dirección de Normas y Sistemas, la entrega de las claves no retiradas en los términos del apartado B.3.1.
4.
Vencido dicho plazo, los sobres serán retirados por la Dirección de Auditoría de Sistemas para su destrucción, generándose la pertinente acta con copia a la Dirección de Normas y Sistemas.
C) CLAVES MENSUALES
C.1. IMPRESIÓN
Las claves serán impresas por la Dirección de Auditoría de Sistemas diez (10) días antes de finalizado el mes de su entrada en vigencia.
C.2. ENSOBRADO
1.
Personal designado por la Dirección de Auditoría de Sistemas, será el encargado de armar los sobres que contendrán la segunda mitad de las claves que se les entregará a los Servicios Administrativo Financieros.
2.
La citada Dirección entregará a la Coordinación de Recursos y Gastos de la Dirección de Procesamiento
Contable, los sobres indicados en el apartado precedente.
C.3. DISTRIBUCIÓN
1.
Las claves serán distribuidas en la ventanilla del Area de Gastos de la Coordinación de Recursos y Gastos de la Dirección de Procesamiento Contable (Oficina 320), durante los últimos cinco (5) días antes del inicio del mes de su vigencia y los diez (10) posteriores, en el horario de 10:00 a 13:00, previa presentación por parte del personal del Servicio Administrativo Financiero de una nota firmada por el Director General de Administración o funcionario de nivel equivalente, cuyo modelo se adjunta, donde se deja constancia que el portador se encuentra autorizado a retirar las claves.
2.
Al término del período de distribución los sobres no retirados serán devueltos a la Dirección de Auditoría de Sistemas.
3.
El Servicio Administrativo Financiero, deberá solicitar por nota al Sr. Contador General de la Nación a través de la Dirección de Auditoría de Sistemas la entrega de las claves no retiradas en los términos del apartado C.3.1.
4.
Vencido el período de vigencia de las claves la Dirección de Auditoría de Sistemas procederá a la destrucción - previa acta - de los sobres en su poder.