"2012 - Año Homenaje al Doctor D. MANUEL BELGRANO"

BUENOS AIRES, 12 de enero de 2012

 

VISTO la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y la Disposición N° 71 de fecha 28 de diciembre de 2010, modificada por su similar N° 56 de fecha 16 de diciembre de 2011 ambas de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS , y

 CONSIDERANDO:

Que el inciso h) del Artículo 91 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 define la competencia de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, para preparar anualmente la Cuenta de Inversión que contempla la CONSTITUCIÓN NACIONAL, a fin de su presentación ante el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

Que el Artículo 95 de dicha Ley determina el contenido mínimo de la citada Cuenta de Inversión.

Que a través de la Disposición N° 71 de fecha 28 de diciembre de 2010 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, se aprobó el Manual de Cierre de Ejercicio Anual el que define la información complementaria a presentar por los Entes del Sector Público Nacional, indicados en el Artículo 8º de la ley citada en el Visto.

Que mediante la Disposición N° 56 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN de fecha 16 de diciembre de 2011 se modificó el Cuadro I “Salida Básica de e-PEF” y el Cuadro III “Salida Básica de e-PEF”.

Que en virtud de la necesaria actualización de determinados Cuadros de Cierre para el Cierre de Ejercicio 2011, resulta pertinente modificar la Disposición mencionada precedentemente.

Que la celda correspondiente al ejercicio del Cuadro 06 “Estado de la Deuda Pública Indirecta” se ha modificado a fin de permitir consignar el año presupuestario que se informa.

Que se han creado nuevos Servicios Administrativo Financieros en el Ejercicio 2011 respecto del anterior, razón por la cual corresponde incorporarlos al Cuadro 7.1 “Detalle de Créditos y Deudas con Organismos de la Administración Nacional”.

Que, asimismo  en los Cuadros 09 y 09-UN “Compatibilidad de Estados Contables” se han producido modificaciones en el Plan de Cuentas Contables, por lo tanto resulta pertinente la incorporación de las mismas en el cuadro.

Que a través del Cuadro 12 “Estado de Evolución de la Deuda Exigible Presupuestaria” se debe informar la Deuda Exigible de los últimos cinco años anteriores al que se cierra, razón por la cual resulta procedente su modificación a fin de permitir la actualización automática de los ejercicios que se deban informar.

Que la presente medida se dicta en función de las disposiciones del Artículo 91 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones.

Por ello,

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese los Cuadros de Cierre a ser presentados de acuerdo con lo previsto en el Manual de Cierre de Ejercicio Anual aprobado por la Disposición N° 71 de fecha 28 de diciembre de 2010 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y modificada por su similar N° 56 de fecha 16 de diciembre de 2011, que se detallan a continuación y que se adjuntan como Anexo y forman parte integrantes de la presente disposición.

ADMINISTRACIÓN CENTRAL - I CUADROS Y ANEXOS:

ü  Cuadro 7.1 “Detalle de Créditos y Deudas con Organismos de la Administración Nacional”

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS - I CUADROS Y ANEXOS:

ü  Cuadro 06 “Estado de la Deuda Pública Indirecta”

ü  Cuadro 7.1 “Detalle de Créditos y Deudas con Organismos de la Administración Nacional”

ü  Cuadro 09 “Compatibilidad de Estados Contables”

ü  Cuadro 12 “Estado de Evolución de la Deuda Exigible Presupuestaria”

UNIVERSIDADES NACIONALES - I CUADROS Y ANEXOS:

ü  Cuadro 06 “Estado de la Deuda Pública Indirecta”

ü  Cuadro 7.1 “Detalle de Créditos y Deudas con Organismos de la Administración Nacional”

ü  Cuadro 09-UN “Compatibilidad de Estados Contables”

EMPRESAS – I CUADROS Y ANEXOS:

ü  Cuadro 06 “Estado de la Deuda Pública Indirecta”

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

 

DISPOSICIÓN Nº 01/12 CGN


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