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"2009-Año
de Homenaje a Raúl Scalabrini Ortiz" |
BUENOS AIRES, 19 de junio de 2009
VISTO lo establecido en el Artículo 91 inciso i) de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, el Artículo 30 de la Ley 24.624 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 1996 y la Disposición N° 20 de fecha 10 de julio de 2007 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y,
CONSIDERANDO:
Que por el articulado citado la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN (CGN), dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, tiene competencia para mantener el ARCHIVO GENERAL DE DOCUMENTACIÓN FINANCIERA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL (AGAN)
Que la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN en general y el Archivo General antes citado en particular, persiguen no sólo cumplir con lo estipulado por el Artículo 30 de la Ley 24.624, sino también, jerarquizar su desempeño y mejorar la calidad de su operatoria, haciendo cada vez más eficaz su funcionamiento, se ha propuesto contar como valor fundamental la consecución de estándares de calidad internacionales.
Que la Disposición Nº 30 de fecha 7 de septiembre de 2005 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, aprueba las políticas y objetivos de calidad, como parte integrante del Manual de Calidad para el ARCHIVO GENERAL DE DOCUMENTACIÓN FINANCIERA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL.
Que en dicho marco la Disposición N° 20 de fecha 10 de julio de 2007 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, amplía los contenidos de las políticas y objetivos de calidad, como parte integrante del Manual de Calidad para el ARCHIVO GENERAL DE DOCUMENTACIÓN FINANCIERA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL.
Que en función a la última revisión por la dirección resulta necesario modificar los contenidos de las mencionadas políticas y objetivos.
Que la presente medida se dicta en función de las facultades otorgadas a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN como Órgano Rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental establecidas por los Artículos 88 y 89 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Por ello,
EL CONTADOR GENERAL DE
LA NACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Anexo de la Disposición N° 30 de fecha 7 de septiembre de 2005 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, modificado por su similar Nº 20 de fecha 10 de julio de 2007, el cual quedará redactado según se detalla en el Anexo que se adjunta y que forma parte integrante de la presente disposición.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese en forma individual al personal del ARCHIVO GENERAL DE DOCUMENTACIÓN FINANCIERA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL y archívese.
DISPOSICIÓN Nº 30/09 CGN
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