![]() |
"2007-Año de la Seguridad Vial"
|
BUENOS AIRES,
6 de Febrero de 2007
VISTO las Leyes Nº 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y Nº 26.198
del Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2007, el Decreto Nº 1 de fecha 8 de enero de 2007, la Decisión
Administrativa Nº 1 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de fecha 15 de
enero de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que el HONORABLE CONGRESO NACIONAL mediante la Ley
Nº 26.198 sancionó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2007.
Que mediante el Decreto Nº 1/07 la ley citada en el
considerando anterior fue parcialmente promulgada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL.
Que por la Decisión Administrativa Nº 1/07, se
distribuyeron los créditos hasta el último nivel de desagregación previsto en
el manual de clasificación presupuestaria para el Sector Público Nacional.
Que en consecuencia resulta necesario dictar las
normas sobre apertura de registros de los créditos aprobados por la Ley Nº
26.198 y distribuidos por la Decisión Administrativa antes citada, como así
también, puntualizar determinados aspectos que deberán tener en cuenta los
Organismos de la Administración Nacional durante el presente Ejercicio.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo
dispuesto por el Artículo 88 y 91 inc. a) de la Ley Nº 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Por ello,
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébanse las Normas sobre Apertura de Registros de los
créditos establecidos por la Ley Nº 26.198, distribuidos por la Decisión
Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero 2007 que se adjuntan como Anexo y que
forman parte integrante de la presente Disposición.
ARTÍCULO
2º.- Regístrese, comuníquese y archívese.
DISPOSICIÓN
Nº 02/2007 CGN
|
|