BUENOS AIRES, 3 de diciembre de 2003
VISTO el
artículo 4 de las Disposiciones
Generales TITULO I de la Ley de
Administración Financiera y los Sistemas de Control del Sector Público Nacional
y el Convenio que rige el Proyecto de Réplica del SIDIF Local Unificado (SLU),
del Programa FOSIP AR de fecha 15 de julio del 2003, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso c) del artículo 4º de la Ley citada en
el VISTO, dispone que entre sus objetivos está el de “Desarrollar sistemas que
proporcionen información oportuna y confiable sobre el comportamiento
financiero del sector público Nacional, útil para la dirección de las
jurisdicciones y entidades y para evaluar la gestión de los responsables de
cada una de las áreas administrativas”.
Que asimismo, el inciso b) del artículo 91 de la
citada norma entre las competencias de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
establece que deberá “Cuidar que los sistemas contables que prescriba puedan
ser desarrollados e implantados por las
entidades, conforme a su naturaleza jurídica, características operativas y
requerimientos de información de su dirección”.
Que la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN mantiene entre sus objetivos, el de disponer de una
herramienta funcional moderna y flexible única entre todos los organismos
ejecutores, que contemple -entre otras
cosas- la optimización y nuevas prestaciones a nivel de la gestión y del
registro de operaciones presupuestarias, contables y financieras.
Que para tales efectos, se ha desarrollado el sistema
denominado SLU (SIDIF
Local Unificado) el cual reemplazará progresivamente a los SIDIF locales
instalados en las jurisdicciones y entidades.
Que la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA
DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN contempla la réplica del
SLU en varios organismos de Administración Pública Nacional, para lo cual todos
los órganos rectores y demás dependencias involucradas deben actuar y trabajar
coordinadamente.
Que a fin de lograr el objetivo mencionado
precedentemente y cumplimentar las competencia a cargo de la CONTADURÍA GENERAL
DE LA NACIÓN, corresponde designar un Grupo de Trabajo en el ámbito de esta
dependencia y determinar además del funcionario responsable del mismo, las
tareas que desempeñará.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de
la presente, atento lo dispuesto por los artículos 90 y 91 de la Ley 24.156.
Por ello,
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:
ARTICULO 1º.-
Desígnase a partir del día de la fecha, a la Contadora María del Carmen SUAREZ
(D.N.I. Nº 14.123.041), Nivel B- Grado 3, como Coordinadora Ejecutiva del
“Grupo de Trabajo de Reingeniería Pre y Post implementación del SLU”.
ARTICULO 2º.-
Facúltase a la citada funcionaria a proponer a esta instancia, los funcionarios
para que se desempeñen como Coordinadores del Grupo de Trabajo y colaboren en
el desarrollo de las tareas a desempeñar, como así también a los restantes
colaboradores del mismo, que en razón de su idoneidad y experiencia resulten
adecuados para tales tareas.
ARTICULO 3º.-
Establécese que las competencias y tareas que desarrollará la funcionaria
designada serán, entre otras, las siguientes:
a) Coordinar y
supervisar las tareas de Pre-implementación del SLU.
b) Coordinar y
supervisar las tareas de Post-implementación del SLU.
c) Coordinar las tareas
de reingeniería del Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF)
Central.
d) Coordinar y
supervisar las tareas relacionadas con el seguimiento del sistema de atención
de pedidos informáticos
e) Organizar, supervisar
las tareas de soporte funcional al grupo de réplicas de la Unidad Informática
f) Diseñar los Planes de
Trabajo que resulten pertinentes para el logro de la correcta implementación
del Sistema en lo funcional y el posterior seguimiento del mismo.
g) Coordinar las tareas
a realizar con los restantes órganos rectores y la Unidad Informática, y
h) Participar y
colaborar con los restantes Coordinadores del proyecto del SLU, designados
conforme se establece en el Plan de Réplica del mismo.
i) Proponer los
procedimientos alternativos que se etimen conducentes al cumplimento de los
objetivos planteados en los considerandos.
ARTÍCULO 4º.- Las
actividades asignadas a la funcionaria designada en el Artículo 1ª de la
presente, deberán ser ejercidas sin perjuicio de las inherentes a su actual
cargo de Coordinadora Área Recursos y Gastos de la Dirección de Procesamiento
Contable de esta Contaduría General.-.
ARTICULO 5º.-
Regístrese, comuníquese y archívese.
DISPOSICIÓN Nº 35/03