BUENOS AIRES, 25 de Abril de 2000.

VISTO la ley Nē 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, las Resoluciones Nē 562, Nē 201 y Nē 47 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, de fecha 19 de Diciembre de 1994, 19 de Marzo de 1996 y 5 de Septiembre de 1996, respectivamente y la Disposición Nē 34/97 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nē 562/94 S.H. que aprueba el "Manual de Ejecución Presupuestaria de Gastos para la Administración Nacional" establece que la información de ejecución presupuestaria de gastos debe efectuarse en forma diaria.

Que la Resolución Nē 201/96 S.H. aprueba la modificación del formulario C-75 "Ejecución Presupuestaria de Gastos de la Administración Nacional".

Que la Resolución Nē 47/96 S.H. faculta a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a realizar modificaciones en los Procedimientos e Instructivos de Ejecución Presupuestaria de Recursos y Gastos para la Administración Nacional.

Que la Disposición Nē 34/97 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN aprobó un Procedimiento transitorio para la Ejecución Presupuestaria de Gastos para las Unidades Ejecutoras de Préstamos Externos.

Que se ha verificado gran cantidad de formularios C-75 "Ejecución Presupuestaria de Gastos de la Administración Nacional" con la leyenda: "sin movimiento" correspondiente a la ejecución de gastos de Unidades Ejecutoras de Préstamos Externos.

Que en función a ello y a fin de reducir la carga administrativa que implica procesar información sin movimiento, resulta necesario que los Servicios Administrativo Financieros que deban informar ejecución presupuestaria de gastos de UEPEX lo realicen en forma semanal en lugar de diaria.

Que la presente medida se dicta en virtud del artículo 3ē de la Resolución 47/96 S.H. y del artículo 3ē de la Resolución Nē 201/96 S.H.

Por ello,

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:

ARTÍCULO 1ē.- Las Unidades Ejecutoras de Programas que deban informar su ejecución presupuestaria de gasto de la Fuente de Financiamiento 22 "Crédito Externo", a través de los Servicios Administrativo Financieros de la Administración Central, a partir de la fecha de la presente, deberán presentar los correspondientes C-75 "Informe de Ejecución Presupuestaria de Gastos de la Administración Nacional", en forma semanal los días jueves o el último día hábil del mes cuando este fuera distinto, en la Coordinación de Gastos de la DIRECCIÓN DE PROCESAMIENTO CONTABLE de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN (Oficina Nē 320).

ARTÍCULO 2ē.- Cuando alguna Unidad Ejecutora de Programas no haya realizado transacciones en la semana, igualmente deberá presentar C-75 "Informe de Ejecución Presupuestaria de Gastos de la Administración Nacional" semanal consignando la leyenda: "Sin Movimiento".

ARTÍCULO 3ē.- Regístrese, comuníquese y archívese.

 

DISPOSICIÓN Nē: 14









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