PROCEDIMIENTO PARA LA DEVOLUCIÓN DE GASTOS POR PAGOS EFECTUADOS CON FONDOS PROVENIENTES DE CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS
A) Erogaciones Figurativas de Fuente de Financiamiento 11 "Tesoro Nacional" -Organismos Descentralizados-.
En aquellos casos en que el beneficiario de la Orden de Pago interna proceda a la devolución total o parcial del monto de la misma y el pago se hubiera efectuado con fondos provenientes de Contribuciones Figurativas, el Organismo procederá de acuerdo al procedimiento que a continuación se describe:
-
Devoluciones efectuadas con presentación de Formulario C-55 "Regularizaciones y Modificaciones de Registro"
1.- Las devoluciones de pagos efectuadas por los beneficiarios, de fondos provenientes de Contribuciones Figurativas, deberán depositarse en la Cuenta Corriente Bancaria Nº 2510/46 "Recaudaciones T.G.N.", a través de la boleta de depósito que el Servicio Administrativo Financiero solicitará en la Dirección de Administración de Cuentas Bancarias de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, para lo cual deberá presentar el Formulario C-55 de Desafectación del Inciso 9 "Contribuciones Figurativas".
2.- A fin de regularizar la inconsistencia originada por la disminución del gasto figurativo sin la correspondiente reducción del recurso por dicho concepto, el S.A.F. deberá confeccionar mensualmente y en forma manual un Formulario C-10 "Informe de Recursos" de resumen mensual en negativo, por aquellos importes resultantes de devoluciones de gastos por pagos efectuados con fondos provenientes de Contribuciones Figurativas.
3.- El Formulario C-10, citado en el párrafo anterior, deberá ser presentado en el Departamento de Recursos de la Dirección de Procesamiento Contable de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, acompañado por una nota que indique el detalle de los C-55 "Regularizaciones y Modificaciones de Registro" de Desafectación conforme el apartado primero del presente procedimiento y los C-75 "Ejecución Presupuestaria de Gastos de la Administración Nacional" pertinentes a las devoluciones de gastos en cuestión.
-
Devoluciones efectuadas con solicitud de Formulario C-42 "Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria"
Aquellos Organismos Descentralizados que, a la fecha de la presente Disposición Conjunta, hayan ingresado la devolución de los fondos a la Cuenta Corriente Bancaria Nº 2510/46 "Recaudaciones T.G.N." de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN y solicitado por nota la emisión de un Formulario C-42, para acreditar los fondos en su cuenta nominal o recaudadora, según corresponda, una vez generado y trasmitido el pertinente C-10 "Informe de Recursos" deberá solicitar a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, mediante nota la desconfirmación con error del mismo, adjuntando la documentación respectiva.
Asimismo el S.A.F. deberá emitir un Formulario C-55 de Desafectación interno de las etapas del gasto que corresponda, a fin de registrar la devolución del gasto en cuestión y transmitir un Formulario C-75 "Ejecución Presupuestaria de Gastos de la Administración Nacional" de Desafectación, según los procedimientos vigentes.
El procedimiento dispuesto en este apartado no afectará la ejecución de las Contribuciones ni de los Gastos Figurativos.
B) Erogaciones Figurativas "Otras Fuentes de Financiamiento" para Organismos de la Administración Central y Organismos Descentralizados
En aquellos casos en que el beneficiario de la Orden de Pago proceda a la devolución total o parcial del monto de la misma, el Organismo procederá de acuerdo al procedimiento que a continuación se describe:
l) Cuenta Receptora Bancaria
Cuando la cuenta receptora de la Contribución Figurativa sea una recaudadora bancaria se depositará en ella la devolución de los fondos y se regularizará según los procedimientos vigentes.
ll) Cuenta Receptora Nominal
Cuando la cuenta receptora de la Contribución Figurativa sea una recaudadora nominal deberán depositarse los fondos en la cuenta recaudadora del Servicio Administrativo Financiero presupuestario del Formulario C-41 "Erogaciones Figurativas" -Inciso 9-.
-
Devoluciones efectuadas con presentación de Formulario C-55 "Regularizaciones y Modificaciones de Registro"
1.- El Servicio Administrativo Financiero emitente procederá a confeccionar y transmitir un Formulario C-55 de Desafectación del Inciso 9 "Contribuciones Figurativas".
2.- A fin de regularizar la inconsistencia originada por la disminución del gasto figurativo sin la correspondiente reducción del recurso por dicho concepto, el S.A.F. deberá confeccionar, manualmente, un Formulario C-10 "Informe de Recursos" de resumen mensual en negativo, por aquellos importes resultantes de devoluciones de gastos por pagos efectuados con fondos provenientes de Contribuciones Figurativas
3.- El Formulario C-10, citado en el párrafo anterior, deberá ser presentado en el Departamento de Recursos de la Dirección de Procesamiento Contable de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, acompañado por una nota que indique el detalle de los C-55 "Regularizaciones y Modificaciones de Registro" de Desafectación conforme el apartado primero del presente procedimiento y los C-75 "Ejecución Presupuestaria de Gastos de la Administración Nacional" pertinentes a las devoluciones de gastos en cuestión, si se tratare de un Organismo Descentralizado, caso contrario se informará los formulario C-55 de desafectación oportunamente transmitidos.
-
Devoluciones efectuadas con solicitud al S.A.F. presupuestario de Formulario C-42 "Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria"
Aquellos Servicios Administrativo Financieros que, a la fecha de la presente Disposición Conjunta, hayan ingresado la devolución de los fondos a la Cuenta Bancaria del Servicio Administrativo Financiero presupuestario y solicitado por nota la emisión de un Formulario C-42, para acreditar los fondos en su cuenta nominal, una vez generado automáticamente y transmitido por el sistema el pertinente C-10 "Informe de Recursos" deberá solicitar a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, mediante nota la desconfirmación con error del mismo, adjuntando la documentación respectiva.
Asimismo el S.A.F. deberá emitir un Formulario C-55 de Desafectación interno de las etapas del gasto que corresponda, a fin de registrar la devolución del gasto en cuestión y transmitir un Formulario C-75 "Ejecución Presupuestaria de Gastos de la Administración Nacional" de Desafectación, según los procedimientos vigentes, si se tratare de un Organismo Descentralizado, caso contrario emitirá los formulario C-55 de desafectación correspondientes.