CIRCULAR Nº 28/97 C.G.N.

REFERENCIA: REEMPLAZO CIRCULAR Nº 16/97 C.G.N. - MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS DE CRÉDITO.

BUENOS AIRES, 20 de Octubre de 1997.

SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO:

Me dirijo a Ud., en función de lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley Nº 24.156, de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, y con relación al tema de la referencia.

Habida cuenta el análisis practicado, y a fin de una mejor comprensión, corresponde dejar sin efecto la Circular Nº 16/97 C.G.N. reemplazandola integramente por la presente.

Por ello, y en su único carácter de administradora de la base de datos, la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN informa el diseño de los archivos e instrucciones a fin que los Servicios soliciten, en forma automática a través del TRANSAF, las modificaciones presupuestarias de créditos.

 

ANEXOS

DESCRIPCIÓN

ANEXO I

Diseño de Archivos.

ANEXO II

Procedimiento solicitud de modificación de Créditos.

La fecha de implementación de esta metodología será comunicada oportunamente, razón por la cual los Servicios deberán tomar los recaudos necesarios a fin de estar en condiciones de apropiar dicha información.

Por último, y dada su competencia especifica, todas las consultas sobre este tema deberán ser remitidas a la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.

Saludo a Ud. atentamente.


 

 

 


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