CIRCULAR Nº 28/97 C.G.N.
REFERENCIA: REEMPLAZO CIRCULAR Nº 16/97 C.G.N. - MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS DE CRÉDITO.
BUENOS AIRES, 20 de Octubre de 1997.
SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO:
Me dirijo a Ud., en función de lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley Nº 24.156, de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, y con relación al tema de la referencia.
Habida cuenta el análisis practicado, y a fin de una mejor comprensión, corresponde dejar sin efecto la Circular Nº 16/97 C.G.N. reemplazandola integramente por la presente.
Por ello, y en su único carácter de administradora de la base de datos, la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN informa el diseño de los archivos e instrucciones a fin que los Servicios soliciten, en forma automática a través del TRANSAF, las modificaciones presupuestarias de créditos.
ANEXOS |
DESCRIPCIÓN |
Diseño de Archivos. |
|
Procedimiento solicitud de modificación de Créditos. |
La fecha de implementación de esta metodología será comunicada oportunamente, razón por la cual los Servicios deberán tomar los recaudos necesarios a fin de estar en condiciones de apropiar dicha información.
Por último, y dada su competencia especifica, todas las consultas sobre este tema deberán ser remitidas a la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.
Saludo a Ud. atentamente.