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ANÁLISIS DE LAS CONTRIBUCIONES AL TESORO
Y DE LOS INGRESOS POR REMANENTES
Diversas
normas legales dispusieron rebajas en los créditos o ahorro en las erogaciones con destino a contribuciones al Tesoro durante el ejercicio 2002.
En
cumplimiento de lo dispuesto por la Decisión Administrativa Nº 19/02, distributiva del Presupuesto de la Administración Nacional y sus
modificaciones y de acuerdo con el Artículo 32 de la Ley Nº 25.565, diversos Organismos de la
Administración Nacional debieron ingresar al Tesoro Nacional los montos estipulados en 4 (cuatro) cuotas.
En el
Cuadro 28 se comparan las Contribuciones al Tesoro calculadas por Servicio Administrativo con lo efectivamente ingresado por
éstos durante el transcurso del año, como así también los saldos de las Contribuciones al Tesoro pendientes de los ejercicios 1995 a 2001
ingresados durante el ejercicio 2002. Por otra parte se indica que se continuó dando cumplimiento a lo establecido por el artículo 4º de la
Decisión Administrativa Nº 93/00, mediante el cual se establece que los importes a ingresar a la Tesorería General de la Nación, en concepto de
remanentes del ejercicio 1999, serán aplicados a cancelar total o parcialmente los aportes adeudados de ejercicios anteriores no ingresados hasta la
fecha de sanción de la citada norma.
Asimismo
se informa que varios Organismos solicitaron la aplicación del Artículo 40 de la Ley Nº 25.401, el cual establece lo siguiente: “Facultase a
la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA a disponer la condonación de deudas por aportes al TESORO NACIONAL de ejercicios anteriores, en
la medida que se verifique que la percepción de los recursos haya resultado inferior al cálculo previsto originalmente para cada ejercicio o que
otras circunstancias extraordinarias no permitieran el aporte establecido en las respectivas Leyes de Presupuesto”. Al respecto se señala
que mediante varias Resoluciones de la Secretaría de Hacienda se procedió a condonar deudas por Aportes al Tesoro de Ejercicios Anteriores. A
continuación, se expone detalle:
Concepto |
Aportes Adeudados de Ejercicios Anteriores |
Aportes Condonados |
Resolución S. H. Nº |
Administración Central |
|
|
|
Ministerio de Infraestructura y Vivienda |
11.134.546,62 |
9.377.900,00 |
89/02 |
Organismos Descentralizados |
|
|
|
Instituto Nacional de Administración Pública |
31.916,00 |
31.916,00 |
173/02 |
Instituto Nacional del Agua y del Ambiente |
1.093.534,00 |
1.093.534,00 |
169/02 |
Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social |
145.897,00 |
145.897,00 |
22/02 |
Registro Nacional de las Personas |
6.244.115,76 |
6.244.115,00 |
167/02 |
Dirección General de Fabricaciones Militares |
14.326.828,00 |
11.126.624,44 |
178/02 |
Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria |
5.595.888,00 |
1.595.888,00 |
168/02 |
Instituto Nacional de la Propiedad Industrial |
1.103.619,50 |
1.103.619,00 |
166/02 |
Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales |
31.171.954,00 |
11.525.211,00 |
170/02 |
También
se procedió a aplicar la Disposición Nº 427/99 de la Subsecretaría de Presupuesto para depurar saldos pendientes de Contribuciones al Tesoro
adeudadas por Servicios Financieros Administrativos que dejaron de existir y que transfirieron los saldos de sus cuentas escriturales al Tesoro
Nacional o al organismo continuador, y que efectivamente realizaron estos ingresos al Tesoro, cancelando la deuda pendiente. Los mismos se
detallan a continuación:
S.A.F. ORIGINAL |
S.A.F. CONTINUADOR |
Cancela Aportes de los S.A.F. |
Aportes Adeudados de Ejercicios Anteriores |
352 |
350 |
350 y 352 |
2,37 |
378 |
325 |
325 y 378 |
669.963,82 |
600 y 615 |
623 |
600 y 615 |
125.876,64 |
654 y 655 |
661 |
654 |
49.105,26 |
TOTAL CANCELADO |
844.948,09 |
Cabe
señalar que con respecto al ex S.A.F.662 – Ente Nacional de Administración de Bienes Ferroviarios se procedió a depurar saldos pendientes de
Contribuciones al Tesoro adeudadas por Servicios Financieros Administrativos que dejaron de existir (se informa que el ingreso fue imputado al AXT 760
– Contribuciones Figurativas para Transacciones Corrientes a la Administración Central) y que transfirieron los saldos de sus cuentas escriturales
al Tesoro Nacional o al organismo continuador, y que efectivamente realizaron estos ingresos al Tesoro, cancelando parte de la deuda pendiente.
S.A.F. ORIGINAL |
S.A.F. CONTINUADOR |
Cancela Aportes de los S.A.F. |
Aportes Adeudados de Ejercicios Anteriores |
662 |
359 |
662 |
79.686,74 |
TOTAL CANCELADO |
79.686,74 |
Finalmente,
en el Cuadro 29 se detallan por disposición legal las Decisiones Administrativas y Resoluciones de la Secretaría de
Hacienda que dieron origen a las Contribuciones al Tesoro por Servicio Administrativo Financiero durante el ejercicio.
Los
remanentes correspondientes al Ejercicio 2001 fueron incorporados a los créditos presupuestarios durante el ejercicio 2002, a través de diversas
Decisiones Administrativas, Decretos y Resoluciones de la Secretaría de Hacienda, según se detalla en el
Cuadro 31.
En el
Cuadro 30 se compara dicho remanente con lo ingresado al 31 de diciembre de 2002, como así también los saldos de los
remanentes de los ejercicios 1996 y 1997 pendientes al 31 de diciembre de 1998, del año 1998 pendientes al 31 de diciembre de 1999, del año 1999
pendientes al 31 de diciembre de 2000 y los del año 2000 pendientes al 31 de diciembre de 2001; todos ellos ingresados durante el ejercicio 2002.
Asimismo
se informa que, se procedió a aplicar lo establecido por el artículo 3º de la Disposición Nº 429/02 de la Subsecretaría de Presupuesto, lo cual
norma lo siguiente: “Exceptúase del ingreso al TESORO NACIONAL a los remanentes originados en creaciones y / o ampliaciones de Fondos
Rotatorios, hasta la fecha de emisión de la presente norma”. Se exponen a continuación por Servicio Administrativo Financiero los
ajustes realizados en virtud de este artículo:
S.A.F. |
F.F. |
Remanentes Adeudados de Ejercicios Anteriores |
Ajuste por Fondo Rotatorio |
Redondeo de centavos en los créditos |
Remanentes Pendientes al 31/12/2002 |
311 |
14 |
920.728,90 |
793.000,00 |
- |
127.728,90 |
317 |
13 |
211.000,00 |
211.000,00 |
- |
- |
326 |
13 |
1.133.589,63 |
844.798,68 |
- |
288.790,95 |
331 |
13 |
2.858.265,86 |
363.390,00 |
0,40 |
1.108.862,74 |
372 |
13 |
124.890,00 |
51.193,83 |
- |
11.226,63 |
375 |
13 |
224.999,99 |
224.999,99 |
- |
- |
380 |
13 |
210.179,00 |
210.179,00 |
- |
- |
105 |
11 |
142.862,00 |
43.011,00 |
- |
99.851,00 |
109 |
12 |
197.585,00 |
56.602,29 |
- |
140.982,71 |
111 |
11 |
4.025.857,00 |
1.318.821,57 |
0,43 |
2.707.035,00 |
112 |
11 |
191.805,00 |
19.599,00 |
- |
172.206,00 |
113 |
11 |
75.428,00 |
3.487,00 |
- |
21.519,00 |
114 |
11 |
50.673,00 |
48.315,22 |
0,78 |
2.357,00 |
201 |
13 |
423.334,00 |
191.227,89 |
- |
- |
450 |
11 |
22.500,00 |
22.500,00 |
- |
- |
604 |
11 |
24.910.459,00 |
355.107,00 |
- |
24.555.352,00 |
604 |
12 |
4.729.802,00 |
90.000,00 |
- |
4.639.802,00 |
607 |
11 |
72.478,01 |
72.400,00 |
- |
78,01 |
609 |
11 |
109.688,31 |
20.000,00 |
- |
86.094,00 |
621 |
11 |
3.479,00 |
3.479,00 |
- |
- |
623 |
12 |
3.108.507,03 |
878.699,00 |
- |
- |
664 |
13 |
75.669,71 |
75.669,71 |
- |
- |
903 |
11 |
1.818.460,00 |
46.656,10 |
- |
1.771.803,90 |
905 |
11 |
862.290,00 |
58.800,00 |
- |
803.490,00 |
910 |
11 |
39.981,00 |
39.981,00 |
- |
- |
912 |
13 |
401.589,45 |
82.662,00 |
0,45 |
318.927,00 |
TOTAL |
46.946.100,89 |
6.125.579,28 |
2,06 |
36.856.106,84 |
También
se procedió a aplicar la Disposición Nº 427/99 de la Subsecretaría de Presupuesto para depurar saldos pendientes de Remanentes de Ejercicios
Anteriores adeudadas por Servicios Financieros Administrativos que dejaron de existir y que transfirieron los saldos de sus cuentas escriturales al
Tesoro Nacional o al organismo continuador, y que efectivamente realizaron estos ingresos al Tesoro, cancelando la deuda pendiente. Los mismos
se detallan a continuación:
S.A.F. ORIGINAL |
S.A.F. CONTINUADOR |
Cancela Remanentes de los S.A.F. |
Remanentes Adeudados de Ejercicios Anteriores |
333 |
201 |
201 (ex 333) |
232.106,11 |
352 |
350 |
350 y 352 |
1.209.061,72 |
600 y 615 |
623 |
623 (ex 615) |
1.121.081,03 |
616 y 617 |
625 |
625 (ex 617) |
4.958.734,79 |
654 y 655 |
661 |
661 (ex 654) |
285.125,27 |
TOTAL CANCELADO |
7.806.108,92 |
Por otra
parte se informa que se ajustaron los saldos pendientes de remanentes de ejercicios anteriores de varios Servicios Administrativos Financieros, en
virtud de la aprobación de una norma legal que los exime de ingresar lo pendiente al Tesoro Nacional. Se expone seguidamente el detalle de los
mismos:
Concepto |
F.F. |
Remanentes Adeudados de Ejercicios Anteriores |
Decreto Nº 1652/02 |
Resolución S.H. Nº 172/02 |
Decisión Administrativa Nº 859/97 |
Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente |
13 |
12.512.026,00 |
9.178.144,00 |
- |
- |
Autoridad Regulatoria Nuclear |
14 |
45.000,00 |
- |
45.000,00 |
- |
Superintendencia de Riesgos del Trabajo |
12 |
13.683.617,00 |
- |
- |
14.669,00 |
TOTAL |
26.240.643,00 |
9.178.144,00 |
45.000,00 |
14.669,00 |
Asimismo,
en el Cuadro 32 se detallan los montos recaudados no devengados al cierre del ejercicio 2002, es decir los remanentes
calculados en función de los registros presupuestarios, sobre la base de la metodología dispuesta por la Disposición Nº 429/02 de la
Subsecretaría de Presupuesto. Se exceptúa de dicho cálculo: el Aporte del Tesoro Nacional a las Provincias, las Transferencias Internas y los
Fondos Rotatorios.
En el
cuadro antes aludido, se detallan la totalidad de los entes de la Administración Nacional, incluso los exceptuados de ingresar sus remanentes al
Tesoro Nacional.
Con el
objeto de conciliar entre Contaduría General de la Nación y Tesorería General de la Nación los saldos de remanentes de ejercicios anteriores
pendientes de ingreso al Tesoro Nacional y, frente a requerimientos planteados por parte de organismos ante la imposibilidad de ingresar los
remanentes de los ejercicios 1999 y 2000 por distintas causas, que fueron informadas a esta Contaduría General de la Nación post cierre 2001; la
Contaduría General, una vez que evaluó cada caso puntual, y en virtud de la facultad conferida mediante el artículo 6º de la Disposición Nº
429/02 – S.S.P. efectuó ajustes en los saldos de antigua data expuestos en el
cuadro 30 – “Remanentes
de Ejercicios Anteriores: su ejecución en 2001”.
A
continuación se detalla cada uno de los ajustes efectuados mencionando el Servicio Administrativo Financiero y Organismo Descentralizado involucrado
y el monto del mismo:
Concepto |
F.F. |
D.A. Nº 839/97 |
D.A. Nº 491/98 |
D.A. Nº 93/00 |
D.A. Nº 168/01 |
D.A. Nº 182/01 |
Pagado 2001 |
Ajuste Realizado |
Servicio Penitenciario Federal |
13 |
- |
- |
- |
2.321.872 |
- |
660.499,41 |
1.297.982,19 |
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos |
13 |
- |
- |
- |
- |
5.494.520 |
5.466.215,04 |
28.304,96 |
Instituto Nacional de Vitivinicultura |
11 |
23.594,31 |
- |
- |
- |
- |
- |
3.594,31 |
Comisión Nacional de Regulación del Transporte |
12 |
- |
- |
719.103 |
- |
- |
710.103,49 |
8.999,51 |
Ente Nacional de Administración de Bienes Ferroviarios |
12 |
- |
1.042.091 |
- |
- |
- |
- |
131.244,56 |
Respecto
al Instituto Nacional de Vitivinicultura se informa que el monto expuesto fue ingresado a la Tesorería General de la Nación durante el ejercicio
1996, mientras que en el caso del Ente Nacional de Administración de Bienes Ferroviarios se señala que el monto ajustado fue ingresado a la
Tesorería General de la Nación durante el ejercicio 2002, ya que la suma de $ 910.846,44 fue cancelada por dicho organismo durante el ejercicio
1998; por lo tanto no existiendo más deuda por dicho concepto.
Merece
destacarse que en el Cuadro 32 “Administración Nacional: Recaudado no Devengado: Ejercicio 2002” se ha procedido a efectuar un ajuste de $ 93.500
en la Fuente de Financiamiento 13 – “Recursos con Afectación Específica” correspondiente al S.A.F. 301 – “Presidencia de la Nación” ya
que, por un inconveniente en el sistema el importe transferido por el SAF 326 – “Policía Federal Argentina” impactó en la cuenta de Fondos de
Terceros (Banco: 11 Sucursal: 85 Cuenta: 2890/39 “Secretaría General Presidencia de la Nación 2001/301 – Recaudadora Fondos de Terceros”) en
vez de la cuenta de Contribuciones Figurativas (Banco: 999 Sucursal: 0 Cuenta: 930113/00 “Secretaría General Presidencia de la Nación 2001/301 –
Contribuciones Figurativas”). La situación precedentemente planteada, la cual no pudo ser regularizada en el presente ejercicio será
subsanada durante el ejercicio 2003.