RESOLUCION N° 180/08 del Ministerio de Economía y Producción.
BUENOS AIRES, 27 MAR 2008
VISTO las Leyes Nros. 24.156
de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público
Nacional, 25.152 del Régimen de Solvencia Fiscal, 25.917 de creación del
Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, los Decretos Nros.
1.731 del 7 de diciembre de 2004 y 1.344 del 4 de octubre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 26 de la Ley Nº 24.156 dispone la
presentación del Proyecto de Ley de Presupuesto a la HONORABLE CAMARA DE
DIPUTADOS DE LA NACION antes del 15 de septiembre del año anterior al que
regirá.
Que el inciso e) del Artículo 2° de la Ley N° 25.152 establece que el PODER EJECUTIVO NACIONAL
elaborará un presupuesto plurianual de al menos TRES (3) años, sujeto a lo
establecido en el Artículo 6º de la citada ley.
Que el comportamiento de la economía permite efectuar
las previsiones presupuestarias con la debida anticipación.
Que en el programa económico en curso del Gobierno
Nacional la administración de las cuentas fiscales adquiere gran relevancia.
Que, en ese sentido, el programa fiscal de mediano
plazo precisa ser ponderado debidamente con la
suficiente antelación.
Que es intención del ESTADO NACIONAL profundizar las
técnicas de programación dando continuidad al PROCESO PRESUPUESTARIO PLURIANUAL
implementado en ejercicios anteriores, a fin de actualizar las proyecciones de
mediano plazo para el análisis y la evaluación de los programas presupuestarios
en el período 2009-2011.
Que la Ley N° 25.917,
reglamentada por el Decreto N° 1.731 del 7 de
diciembre de 2004, crea el Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal para su
entrada en vigencia a partir del 1 de enero de 2005.
Que en cumplimiento del Régimen Federal de
Responsabilidad Fiscal es preciso que el cronograma de formulación del
Presupuesto Nacional 2009 y Plurianual 2009-2011 contenga actividades que
permitan adaptar la elaboración y exposición de la información relativa al
Presupuesto Nacional.
Que la integralidad del
enfoque macroeconómico y fiscal requiere la participación de un conjunto de
actores en el proceso presupuestario.
Que es necesario programar detalladamente las
actividades para hacer efectiva esa participación y elaborar en tiempo y forma
el PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el año
2009 y el PRESUPUESTO PLURIANUAL 2009-2011.
Que es necesario establecer las fechas de inicio y
finalización de las actividades relevantes en el proceso de formulación
presupuestaria.
Que la presente medida se
dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 24 de la Ley Nº
24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional reglamentado por el Decreto Nº 1.344 del 4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
RESUELVE:
ARTICULO
1º.- Fíjase el cronograma de
elaboración del PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
para el año 2009 y el PRESUPUESTO PLURIANUAL 2009-2011, Anexo al presente
artículo.
ARTICULO
2º.- Delégase en la SUBSECRETARIA
DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION la organización del trabajo para la elaboración del PROYECTO DE LEY
DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el año 2009 y el PRESUPUESTO
PLURIANUAL 2009-2011.
ARTICULO
3º.- Constitúyese el GRUPO
DE APOYO PARA LA ELABORACION DEL PRESUPUESTO (GAEP), integrado por los
funcionarios que se detallan en el Anexo al presente artículo y coordinado por
el señor Subsecretario de Presupuesto de la SECRETARIA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Los
funcionarios que se detallan en el Anexo al presente artículo serán
responsables de la realización de las actividades y del cumplimiento de las
tareas encomendadas en las fechas establecidas en el cronograma del Anexo al
Artículo 1º de la presente resolución.
ARTICULO
4º.- A los efectos de precisar la colaboración de los
funcionarios integrantes del GRUPO DE APOYO PARA LA ELABORACION DEL PRESUPUESTO
(GAEP), se describen en el Anexo al presente artículo las actividades que
corresponde llevar a cabo para la formulación del PROYECTO DE LEY DE
PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el año 2009 y el PRESUPUESTO
PLURIANUAL 2009-2011, de acuerdo al cronograma Anexo al Artículo 1º de la
presente resolución.
ARTICULO
5º.- La SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA
DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION invitará a la SUBSECRETARIA
DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL de la SECRETARIA DE EVALUACION
PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a colaborar con las
tareas de formulación del PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION
NACIONAL para el año 2009 y el PRESUPUESTO PLURIANUAL 2009-2011.
En
caso de resultar necesario, la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION podrá requerir la colaboración
de funcionarios de otras reparticiones, no mencionados en el Anexo al Artículo
3º de la presente resolución, y podrá adecuar el cronograma a la marcha de los
trabajos garantizando su finalización oportuna.
ARTICULO
6º.- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 180/08 M.E.y P.