DECRETO N° 1344/07
BUENOS AIRES, 4 OCT 2007
VISTO el Expediente Nº
S01:0120879/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley
de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público
Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que el volumen y
dispersión de las normas que conforman la reglamentación de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público
Nacional Nº 24.156 dificultan en la práctica su correcta aplicación.
Que, en consecuencia,
se requiere unificar en una sola norma reglamentaria los distintos decretos, decisiones
administrativas y resoluciones que conforman su actual reglamentación, para lograr un mejor ordenamiento de sus
disposiciones y comprensión de los contenidos específicos.
Que, asimismo, en
aquellos casos en que así corresponde, se han introducido nuevas disposiciones
reglamentarias de conformidad con los
requerimientos formulados por los organismos intervinientes.
Que la reglamentación
que se aprueba por la presente medida ha sido elaborada en coordinación con los
Organos Rectores de cada uno de los sistemas
contemplados en la Ley Nº 24.156.
Que como consecuencia
de la unificación normativa llevada a cabo, resulta necesario derogar las normas cuyo texto ha sido
incorporado al Anexo del presente acto, como reglamentación de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público
Nacional Nº 24.156.
Que la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado
la intervención que le compete.
Que el presente acto
se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 2, de
la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase
el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, que como Anexo forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.-Deróganse
los Decretos Nros. 2629 de fecha 29 de diciembre de
1992, 2662 de fecha 29 de diciembre de 1992, 2666 de fecha 29 de diciembre de
1992, 253 de fecha 18 de febrero de 1993, 1139 de fecha 4 de junio de 1993,
1361 de fecha 5 de agosto de 1994, 1363 de fecha 10 de agosto de 1994, 2380 de
fecha 28 de diciembre de 1994, 899 de fecha 11 de diciembre de 1995, 1060 de
fecha 29 de diciembre de 1995, 340 de fecha 1 de abril de 1996 y 338 de fecha
19 de abril de 2005; las Decisiones Administrativas Nros.
148 de fecha 16 de julio de 1996 y 215 de fecha 21 de julio de 1999 y la
Resolución Nº 215 de fecha 6 de mayo de 1997 de la SECRETARIA DE HACIENDA del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
DECRETO N° 1344/07