JURISDICCION 30-05
MINISTERIO DEL INTERIOR
PROGRAMA 31
SERVICIO DE SEGURIDAD DE LA NAVEGACION Y DE POLICIA DE SEGURIDAD Y JUDICIAL
UNIDAD EJECUTORA
DIRECCION DE OPERACIONES
__________________________________
Los nuevos escenarios derivados de la desregulación y desburocratización de los servicios del Estado, la apertura económica dentro del marco del proceso de globalización, los acuerdos de integración económica y física a nivel regional, el mejoramiento de la infraestructura y gestión portuaria, las obras de dragado y balizamiento de las vías navegables, el incremento de tráfico de buques y el consecuente aumento de las operaciones portuarias, la necesidad de lograr una explotación sustentable de los recursos naturales y de preservar el medio ambiente, generan nuevas y crecientes demandas provenientes de diferentes sectores de la sociedad, obligando a que la Prefectura Naval Argentina mejore sus capacidades de respuesta.
El servicio que la Prefectura Naval Argentina brinda, está vinculado con la seguridad interior, que el Estado se obliga a ofrecer a través del llamado Esfuerzo Nacional de Policía de la Nación.
Las funciones específicas, propias y naturales de la Prefectura Naval Argentina, atribuidas por la legislación vigente, son:
- La Policía de Seguridad de la Navegación y del Transporte por Agua (artículo 5º inciso a) Ley Nº 18.398, artículo 10º inciso a) Ley Nº 18.711 y Ley Nº 20.094 Capítulo 1 Título II, III, IV, V y concordantes) constituyendo el campo funcional esencial de la Prefectura que reconoce un amplio espectro de actividades que se centralizan inescindiblemente en el buque, el personal navegante y la navegación propiamente dicha como hecho técnico. Estas actividades tienen desarrollo en los puertos, en las costas y en todas las aguas jurisdiccionales de la Nación y están dirigidas a brindar seguridad integral a las personas y bienes sujetas al transporte por agua, sea éste comercial, deportivo o recreativo.
El soporte, para que el comercio exterior pueda desarrollarse con seguridad, descansa en tres aspectos: puertos y vías navegables expeditas y ordenadas en su tráfico, el buque técnicamente apto desde su nacimiento hasta el final de su vida útil, y el personal navegante idóneo para su operación.
Si bien el aspecto comercial del transporte por agua -resorte de otro Organismo del Estado- y la seguridad de la navegación son campos vinculados entre sí, responden a intereses distintos, el primero al estrictamente económico y el segundo a la protección de vidas y bienes.
- La Policía de Seguridad y Preservación del Orden Público conjuga una variada gama de actividades de neto corte policial tendientes al mantenimiento del orden público y la seguridad interna no solamente en los puertos sino también en las costas y a bordo de buques en aguas jurisdiccionales de la Nación, a fin de prevenir, neutralizar y/o reprimir contravenciones.
- La Policía Judicial se materializa en la instrucción de sumarios contravencionales y judiciales derivados de las actividades portuarias y de los buques en puerto o en navegación.
- La Policía de Protección del Medio Ambiente incluye básicamente la lucha contra la contaminación de las aguas por hidrocarburos y otras sustancias nocivas y peligrosas provenientes de buques, como también la limpieza de los espejos de agua.
En esta función, como en la Policía de la Navegación, la Prefectura es autoridad de aplicación de numerosos convenios internacionales específicos.
- La Policía de Protección y Conservación de los Recursos Naturales vincula las tareas preventivas, y eventualmente represivas, tendientes a evitar en las aguas jurisdiccionales de la Nación las actividades ilegales de exploración y explotación de los recursos naturales, vivos y no vivos, así como otras actividades ilícitas que afecten los intereses económicos argentinos.
- La Policía Auxiliar Migratoria, Aduanera y Sanitaria: conforme a la delegación de facultades otrogadas por las respectivas administraciones, a fin de evitar duplicaciones de esfuerzos innecesarios.
Las funciones se despliegan en un ámbito de actuación muy extenso que incluye:
- Mar jurisdiccional, ríos, lagos, canales y demás aguas navegables de la Nación, que sirvan al tránsito y comercio interjurisdiccional y en los puertos sometidos a jurisdicción nacional.
- Antártida Argentina, Islas Malvinas y demás Islas del Atlántico Sur.
- En las costas y playas marítimas hasta una distancia de cincuenta metros a contar de la línea de la más alta marea y en las márgenes de los ríos, lagos, canales y demás aguas navegables hasta una distancia de treinta y cinco metros a contar de la línea de más alta crecida ordinaria, en cuanto se relacione con el ejercicio de la policía de seguridad de la navegación.
- A bordo de los buques en aguas jurisdiccionales y en los de bandera argentina que se encuentren en mar libre.
- A bordo de los buques de bandera argentina que se encuentren en puertos extranjeros, específicamente en todo lo referente a la policía de seguridad de la navegación y al ejercicio de la jurisdicción administrativa de la navegación y, en general, en todo caso en que, de acuerdo con el derecho internacional público, no sea de la competencia del estado jurisdiccional local.
- Zonas de Seguridad de Frontera Marítima y en las márgenes de los ríos navegables, de acuerdo a lo previsto en la Ley de Jurisdicciones de las Fuerzas de Seguridad, al sólo efecto de los delitos de competencia federal y en los supuestos previstos en la Ley Nº 24.059.
- En cualquier otro lugar del país a requerimiento de la Justicia Federal.
Para el cumplimiento de esas misiones, este Programa esta integrado por las siguientes unidades componentes:
- Servicio de Buques Guardacostas
- Servicio de Aviación
- Servicio de Salvamento, Lucha contra Incendios y la Contaminación.
- Agrupación Albatros
- 10 Prefecturas de Zona
- 32 Prefecturas
- 36 Subprefecturas
- 22 Destacamentos Reforzados
- Destacamentos Reforzados Temporarios
- 91 Destacamentos
- 12 Destacamentos Temporarios
Los principales objetivos a lograr durante el transcurso del ejercicio 2005, son:
- Reforzar la vigilancia de la explotación de los recursos pesqueros, incremetando las actividades de patrullaje aéreo y marítimos, verificación de buques pesqueros en puerto, embarque a bordo de buques pesqueros de oficiales en calidad de inspectores de pesca, conforme lo acordado con la Autoridad Nacional de Pesca.
- Intensificar la vigilancia de las rutas de navegación de buques petroleros a fin de evitar la contaminación del medio marino.
- Incrementar la vigilancia de la frontera fluvial con Paraguay y Brasil a fin de combatir el ingreso de estupefacientes al territorio nacional, el ingreso ilegal de personas, y el contrabando.
- Reforzar la vigilancia de las operaciones de carga, descarga, estiba y segregación de mercancías
- Contribuir, en coordinación con otras Fuerzas de Seguridad y Policiales, a erradicar la inseguridad en el ámbito nacional.