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Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)

 

 

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) tiene a su cargo la administración del Régimen Previsional Público, el Sistema de Asignaciones Familiares y el Fondo Nacional de Empleo (en lo que se relaciona con el Seguro de Desempleo).

En comparación a 2003, el gasto se incrementó en 3.272,1 millones de pesos debido fundamentalmente a las variaciones paulatinas en el haber mínimo mensual de las jubilaciones y pensiones del régimen previsional público, establecido en 220 pesos a partir de julio de 2003 (Decreto Nº391/2004), luego en 240 pesos desde enero de 2004 (Decreto Nº1.194/2003), 260 pesos desde junio de 2004 (Decreto Nº 683/2004) y el incremento del 10% en los haberes menores a 1.000 pesos, estableciéndose la prestación mínima en 308 pesos mensuales (Decreto Nº1.199/2004). También se destacan los incrementos en las transferencias a las cajas provinciales previsionales no transferidas a la Nación (debido al cumplimiento del cronograma de financiamiento creciente de los déficits correspondientes, a los que sumaron recientemente las provincias de Entre Ríos y Buenos Aires) y a la Administración Federal de Ingresos Públicos, en este último caso debido a la atención de gastos operativos asociados a la recaudación de recursos de la seguridad social y en las asignaciones familiares debido fundamentalmente a los mayores pagos que por este concepto efectuaron los empleadores en forma directa (Fondo Compensador de Asignaciones Familiares).

Cabe destacar que sobre el último trimestre del año incide la suma de $ 200 otorgada por única vez en el mes de diciembre a jubilados y pensionados del Régimen Previsional Público por 542,7 millones de pesos, según el Decreto Nº1.670/2004. Tales erogaciones fueron registradas en el programa Complementos a las Prestaciones Previsionales.

El Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones regido por la Ley Nº24.241 y sus modificatorias, establece que los individuos en su etapa activa pueden optar entre destinar sus aportes personales a un régimen de capitalización individual o al régimen de reparto público, obteniendo al cese de la actividad un haber de capitalización o la Prestación Adicional por Permanencia, respectivamente. Independientemente de esta opción, todos los individuos perciben la Prestación Básica Universal (PBU) y la Prestación Complementaria (PC), en caso de haber cotizado en el anterior sistema. Estas prestaciones se financian con las contribuciones patronales a través de una sistema de reparto asistido.

El programa está compuesto por el subprograma Prestaciones Previsionales del Régimen de Reparto, que incluye a los beneficiarios del viejo sistema (leyes anteriores a la Ley Nº24.241), los provenientes del Poder Judicial de la Nación y aquellos que optaron por el Régimen Público de Reparto, y por el subprograma Prestaciones Previsionales de la Componente Pública del Régimen de Capitalización que contempla a los beneficiarios que optaron por la capitalización individual de sus aportes.

El programa abona las prestaciones que surgen de la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias a los trabajadores en relación de dependencia, a los beneficiarios de la Ley sobre Riesgos de Trabajo, a los beneficiarios del Seguro de Desempleo y a los beneficiarios del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.

La atención de las Ex-Cajas Provinciales de Previsión comprenden las correspondientes a Catamarca, Jujuy, La Rioja, Mendoza, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán. La cantidad de jubilados disminuyó -1,7% respecto a 2003 y las pensiones un -2,5%.

Este programa tiene como objetivos el otorgamiento y pago de los beneficios complementarios a los haberes previsionales, establecidos por el Decreto Nº 2.627/92 y sus modificatorias. Sin embargo, los aumentos progresivos en el haber mínimo que se vienen otorgando desde julio de 2003 (220 pesos en julio de 2003, 240 pesos en enero de 2004, 260 pesos en junio de 2004 y 10% en los haberes menores a 1.000 pesos, estableciéndose la prestación mínima en 308 pesos mensuales a partir de septiembre de 2004) absorbieron los beneficios complementarios otorgados por el programa, reduciéndose notablemente el número de casos. Por otro lado, tal como fuera señalado anteriormente, en este programa se registró en el mes de diciembre la asignación de $200 que por única vez se destinó a jubilados y pensionados y que se abonó conjuntamente con los haberes previsionales de diciembre; incidiendo notablemente sobre el nivel de gasto del programa.

También el programa implementa el pago directo de los subsidios en las tarifas de servicios públicos, a favor de los jubilados y pensionados del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) que perciben el haber mínimo, según lo dispuesto por el Decreto Nº 319/1997 y sus normas complementarias. Esto incluye una suma de 13,8 pesos para aquellos beneficiarios que gozaban del subsidio en las tarifas existente con anterioridad al proceso de privatización de las empresas de servicios públicos –electricidad, gas y agua y servicios sanitarios–.

El seguro de desempleo consiste en una suma de dinero igual al 50% de la remuneración que percibía el trabajador en su actividad pero acotada en el tope de 150 y 300 pesos. A partir del quinto mes de percibir el seguro el monto se reduce al 85% del valor inicial y a partir del noveno hasta el duodécimo (la percepción del seguro no supera el año) lo hace al 70%.

El número de beneficiarios por seguro de desempleo se redujo con respecto al año 2003 en promedio un -41,9% dado que la atención del mismo acompaña la evolución en la actividad económica. La composición por sectores de actividad económica refleja una mayor concentración en el sector de comercio y servicios en detrimento del sector industria, tal como se observa en el siguiente cuadro:

Sector de procedencia

Año 2003

Año 2004

Industria

10,2%

7,7%

Comercio y Servicios

80,6%

82,8%

Otros

9,2%

9,5%

Total

100,0%

100,0%

Por último, se incorpora en el cuarto trimestre las erogaciones destinadas a la Atención de Pensiones a Ex -Combatientes cuyo pago anteriormente se encontraba a cargo del Ministerio de Desarrollo Social. Esta modificación se basa en el Decreto Nº1.357/2004, el cual estableció también un aumento en los montos de estas pensiones equivalentes a la suma de tres veces el haber mínimo de las prestaciones a cargo del Régimen Previsional Público del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. De esta manera, el beneficio mensual pasó de un promedio de 438 pesos a 924 pesos, de ahí el aumento registrado en el gasto respecto a 2003.

 

Superintendencia de Riesgos del Trabajo

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