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1- Para el año 2000 se fijó un régimen transitorio de anticipos que provocó que un considerable número de contribuyentes abonara un porcentaje de anticipos mayor que en el último año.

2- Un detalle de los mismos puede consultarse en el anexo "Pagos a cuenta entre impuestos nacionales y créditos fiscales en el IVA" incluido en el Informe sobre la Recaudación Tributaria del IV trimestre de 2001, de la Dirección Nacional de Investigaciones y Análisis Fiscal. Dicho Informe puede ser consultado en http://www.mecon.gov.ar/rec trib/indice1.htm.

3- En agosto de 2000 se modificaron los mínimos, se elevaron las alícuotas y se incluyeron nuevos conceptos en este régimen.

4- Ver Nota 2.

5- La base imponible del impuesto se incrementó como consecuencia de:

- la reducción de la tasa del impuesto Adicional de Emergencia sobre los Cigarrillos, que disminuyó a lo largo del año 2000 de 21 % a 12 %, alcanzando el nivel de 7% a partir de marzo de 2001.

- el aumento del precio promedio por paquete de cigarrillos a partir del mes de julio del año 2000.

6- En el año 2001 se eliminó la imposición del 12% a la venta de champaña, se redujo y luego se eliminó la gravabilidad de la venta de vehículos automóviles y se modificó el monto mínimo sujeto al pago del gravamen del 20% para los objetos suntuarios.

7- Desde el 19-06-01 se incrementó de $0,12 a $0,15 por litro el impuesto para el gasoil y rige la Tasa sobre el gasoil, de $0,05 por litro. En ciertas actividades estos aumentos pueden ser utilizados como pago a cuenta en otros impuestos (ver nota 2).

8- A partir del ejercicio fiscal 99 se incrementó la alícuota de 0,5% a 0,75%, para los contribuyentes con un valor total de bienes sujetos al impuesto (neto del mínimo exento) superior a $ 200.000 y para los bienes situados en el país pertenecientes a sujetos radicados en el exterior. La recaudación originada en esta modificación se percibió, en buena parte, en los saldos de declaraciones juradas abonados en abril y mayo de 2000.

9 Las empresas incluidas en estos planes están exentas de este impuesto.

10- Para las operaciones de crédito realizadas con entidades financieras y obligaciones negociables la tasa se redujo en ese mes de 15% a 10%, luego a 8% en julio de 2001 y a 6% a partir de octubre. Para préstamos de personas físicas a empresas se redujo de 35% a 25%, luego a 20% y, finalmente, a 15%.

11 Las empresas incluidas en los convenios de competitividad gozan del beneficio de la exención del impuesto.

12 La alícuota se redujo progresivamente de 21% en enero de 2000 a 7% en marzo de 2001.

13- Ver nota 2..

14- La alícuota de los aportes previsionales se redujo de 11% a 5% para las remuneraciones devengadas desde noviembre de 2001

15- Se redujo el límite de la remuneración imponible sujeta al pago de las contribuciones, igualándola nuevamente con la remuneración imponible que está sujeta al pago de aportes personales ($ 4800).

16- Para las remuneraciones devengadas desde julio se eliminaron las alícuotas por zonas geográficas y se estableció una tasa única de 16%. La tasa se elevó a 20% para las devengadas desde agosto en las actividades de locación y prestación de servicios con ventas mayores a $ 48 millones anuales.

17- Para las devengadas desde julio se estableció una reducción del 13%, excepto para aquéllas que se pagan por única vez. Debe recordarse que las asignaciones familiares pagadas por los empleadores se descuentan de los pagos por contribuciones patronales.

18 Reducción a partir del mes de julio 2001, del 13% de las remuneraciones netas mayores a 500 pesos y de la reducción del 30% de los saldos no devengados al 30 de junio de 2001de las partidas presupuestarias para el pago de remuneraciones del personal contratado.

19 Ver transferencias corrientes.

20 Datos provisorios

21 Se excluyeron aquellos títulos denominados en dólares o pesos cuyo pago contaba con algún tipo de garantía

22 Para mayor información respecto del contrato de préstamos garantizados, remitirse a: http://www.mecon.gov.ar/finanzas/sfinan/fin_canjebonos.htm

23 Con la excepción de los títulos públicos que devenguen la tasa de caja de ahorros en pesos, para cuyo caso había disponible sólo la opción de convertirlos en Préstamos Garantizados a tasa fija. Las opciones disponibles se encuentran publicadas en el sitio de internet más arriba indicado.

24 Las relaciones de canje entre títulos elegibles y préstamos garantizados también se encuentra publicada en internet.