IV - PROVINCIAS
IV.1 Transferencias de Recursos de Origen Nacional a Provincias
Con fecha 7 de Diciembre del 2000 fue sancionada la Ley Nº 25.400, que ratificó el Acuerdo denominado "Compromiso Federal por el Crecimiento y la Disciplina Fiscal", suscripto entre las Provincias, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gobierno Nacional.
El mismo estableció que durante el ejercicio fiscal 2001 las transferencias, por todo concepto (Coparticipación de Impuestos y Fondos Específicos) a Provincias, emergentes de la Ley Nº 23.548 y sus disposiciones complementarias y modificatorias, así como las de las Leyes Nº 23.966, Nº 24.130, Nº 24.699, Nº 24.464, Nº 25.082 y toda otra norma que disponga asignación y/o distribución específica de impuestos se fijan en la suma de 1.364 millones de pesos mensuales.
Dicha suma única y global mensual, de envío automático y diario, fue garantizada por la Nación con el doble carácter de límite inferior y superior de dichas transferencias, con independencia de los niveles de recaudación de impuestos existentes o a crearse en el futuro. Cabe señalar que el Tesoro Nacional debe efectuar mensualmente los aportes necesarios para que la masa de fondos coparticipables a Provincias llegue al monto estipulado.
Asimismo, el Compromiso Federal estableció que el mecanismo de distribución de los fondos seguirá siendo el que rige en las leyes vigentes de coparticipación y transferencias de fondos específicos, hasta alcanzar la suma señalada.
De acuerdo con la cláusula vigésima del mencionado Compromiso, los fondos que recibe la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no están incluidos en la suma establecida, excepto en lo que se refiere al Fondo Nacional de la Vivienda.
Respecto a la metodología de cálculo, se mantuvo la estructura porcentual de la suma mensual del ejercicio 2000 (1.350 millones de pesos), excepto en aquellos casos en que la normativa vigente estipule sumas fijas (Transferencia de Servicios – Ley Nº 24.049; Suma Fija Ganancias – Ley Nº 24.699, Fondo Compensador de Desequilibrios, Fondo Conurbano Buenos Aires, Fondo Conurbano de Rosario y Transferencias a Empresas de Energía Eléctrica).
En cuanto a la participación de cada regímen en el monto de 1.350 millones de pesos mensuales para el ejercicio 2000, la misma se fijó en función al promedio de las transferencias al conjunto de Provincias en el período 1998-1999, manteniendo las remesas equivalentes a sumas fijas de acuerdo a la normativa vigente.
En el siguiente cuadro se presenta un comparativo de los montos distribuidos al conjunto de provincias, diferenciados por su carácter de automaticidad, al cuarto trimestre de los años 2001 y 2000.
Recursos de Origen Nacional
En millones de pesos
CONCEPTO |
Acumulado al 4to. Trim. 2000
|
Acumulado al 4to. Trim. 2001 |
Diferencias |
Variación %
|
Transferencias automáticas |
16.197,2 |
14.362,5 |
-1.834,7 |
-11,3 |
F.F.D.P. Suscripción LECOP |
--- |
995,5 |
995,5 |
|
S u b - t o t a l |
16.197,2 |
15.358,0 |
-839,2 |
-5,2 |
Transferencias no automáticas (*) |
207,2 |
134,0 |
-73,2 |
-35,3 |
Total |
16.404,4 |
15.492,0 |
-912,4 |
-5,6 |
(*) Comprende solamente Fondo de A.T.N. y Subsidio al Consumo de Gas.
Las transferencias automáticas al conjunto de Provincias al cuarto trimestre del año 2001 disminuyeron en 839,2 millones de pesos con respecto al ejercicio anterior, representando una caída del 5,2%. Cabe señalar que dicha disminución responde a la garantía devengada pendiente de transferencia.
Dado que el nivel de recaudación fue insuficiente para hacer frente a la suma estipulada en la Ley Nº 25.400, la suma en concepto de garantía al cuarto trimestre del año 2001 asciendió a 2.805,3 millones de pesos, representando un incremento del 481% respecto al mismo período del ejercicio anterior.
La garantía devengada en el período Enero-Junio 2001 asciendió a 870 millones de pesos, de los cuales fueron cancelados por el Tesoro Nacional 840 millones de pesos y 30 millones de pesos correspondientes al concepto FO.NA.VI. fueron incluídos en el Presupuesto Nacional 2002.
El Decreto Nº 1.584/2001 del 5 de diciembre del corriente ratificó la Segunda Addenda al Compromiso Federal por el Crecimiento y la Disciplina Fiscal por la que los saldos impagos resultantes a favor de las Jurisdicciones por la garantía establecida en dicho Compromiso producidos entre el 1º de Julio y el 31 de Diciembre del ejercicio 2001 debían ser reconocidos por el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial como créditos a favor de cada una de las Jurisdicciones.
El Decreto Nº 1004/2001 y sus modificatorias permitió la implementación de un programa de emisión de Letras de Cancelación de Obligaciones Provinciales (LECOP) con las provincias que expresasen su voluntad de participación, pudiendo suscribir un monto equivalente a una nómina salarial ó a los saldos impagos a favor de las Jurisdicciones por la garantía establecida en el artículo 6º del Compromiso Federal por el Crecimiento y la Disciplina Fiscal y su Addenda. Al 31 de diciembre de 2001 el conjunto de provincias suscribieron LECOP por un monto equivalente a 995,5 millones de pesos.
Las remesas no automáticas del ejercicio 2001 disminuyeron en 73,2 millones de pesos, representando una variación negativa del 35%, conformada por una caída del 8%(7,8 millones de pesos) de las transferencias discrecionales y una variación en igual sentido del 58% (65,4 millones de pesos) en concepto de Subsidio al Consumo de Gas para la región Patagónica.