1- La alícuota para préstamos bancarios se redujo, gradualmente, de 15% en enero de 2001 a 0% en julio de este año.
2- Las empresas incluidas en los convenios de competitividad gozan del beneficio de la exención del impuesto.
3- Los cotizantes dependientes disminuyeron 13% y los autónomos, 34%.
4- Durante el primer semestre de 2001 la tasa de contribuciones era de 21% y estaba vigente el esquema de reducciones zonales. A partir de las remuneraciones devengadas en el mes de julio de 2001 se eliminó dicho esquema y se estableció una tasa única de 16%. Desde las devengadas en el mes de agosto se elevó la alícuota de las contribuciones a 20% para los empleadores cuya actividad principal fuese la locación y prestación de servicios, con excepción de aquéllos que tuvieran ventas menores a $48 millones anuales. Finalmente, la alícuota de la Contribución Patronal destinada al INSSJP se elevó 1% para las remuneraciones devengadas en marzo del corriente año.
5- A partir de las devengadas en julio de 2001 se redujeron 13%, excepto para aquéllas que se pagan por única vez. Ello implicó una mayor recaudación ya que las mismas se descuentan de los pagos de las Contribuciones Patronales.
6- Ver explicación en transferencias corrientes – Asistencia financiera a provincias.
7- Ver explicación en transferencias corrientes – Asistencia financiera a provincias