V – OCUPACION Y SALARIOS DEL PODER EJECUTIVO
NACIONAL
V.1 – Aspectos Metodológicos
Las aclaraciones
metodológicas correspondientes a los siguientes puntos pueden ser consultadas,
indistintamente, en los Boletines Fiscales a partir del IV trimestre de 1997
y hasta el IV trimestre de 2000.
- Fuente de los datos y ámbito
de cobertura.
- Características de los
datos procesados
En el presente
Boletín se han introducido cambios metodológicos. El primero
de ellos se refiere a la incorporación de un cuadro que agrupa a "Otros
Entes del Sector Público Nacional No Financiero" de acuerdo con
lo dispuesto por el artículo 71 de la Ley Nº 25.565 de Presupuesto
para 2002, conformado por:
- El personal ocupado de la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), escalafonado
en la Dirección General Impositiva y Administración Nacional
de Aduanas, de acuerdo con las disposiciones del Decreto Nº 1399/01.
- El Servicio Oficial de Radiodifusión
(SOR). Se ha separado del ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION,
en virtud de su pertenencia al Sistema Nacional de Medios Públicos
S.E.
- El Instituto Nacional de
Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI). Se incorpora de
acuerdo con lo dispuesto por el artículo 60, segundo párrafo,
de la Ley Nº 25.565 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el ejercicio 2002.
El personal ocupado
de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP),
el Servicio Oficial de Radiodifusión (SOR) y PAMI no integran los
cuadros del Poder Ejecutivo Nacional.
La segunda
variante metodológica se operó en el personal contratado. Hasta
el Boletín Fiscal del primer trimestre de 2002 sólo se incluían
los contratos cuyo gasto se imputaba al Inciso 1 – Gastos en Personal, no
obstante lo cual existían otros contratos pagados a través del
Inciso 3 – Servicios no personales, no considerados dentro de la información
suministrada.
A partir de
este período se ha incluido el total del personal contratado, de acuerdo
con el siguiente esquema:
- "Personal contratado Decreto
Nº 1184/01 Inciso 1": se agrupan aquéllos cuyo gasto, desde
el dictado del Decreto Nº 92/95, luego reemplazado por el Decreto Nº 1184/01,
se imputó a dicho clasificador del gasto.
- "Otros Contratos Incorporados
al Inciso 1 por Decreto Nº 1184/01" (no incluidos hasta el segundo
trimestre de 2002): están indicadas las contrataciones que, a partir
de la vigencia de la Ley Nº 25565 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el año 2002 y como consecuencia de lo dispuesto en
el nombrado acto legal, deben imputar su gasto al citado Inciso y se incorporan
progresivamente dentro de "Personal contratado Decreto Nº 1184/01 Inciso
1" en el curso del presente ejercicio, en un proceso de transferencia
paulatino propio de cada servicio administrativo financiero.
Como consecuencia
del cambio metodológico comentado en el párrafo anterior, los
"Otros Contratos Incorporados al Inciso 1 por Decreto Nº1184/01"
han sido integrados en la información de los siguientes cuadros:
- "Cargos ocupados por Agrupamientos
Escalafonarios homogéneos" dentro de "Personal Contratado
(Decreto. 1184/01)"
- "Distribución de
los Salarios por Tramos de los Agentes Ocupados en el Poder Ejecutivo
Nacional", en las unidades físicas de ocupación y en
la masa salarial.
- "Evolución del Personal
Contratado por Jurisdicción y Carácter Institucional - 4º
trimestre 2001 a 2º trimestre 2002"