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IV - PROVINCIAS

IV.1 – Transferencias de Recursos de Origen Nacional a Provincias

 

Con fecha 7 de Diciembre de 2000 fue sancionada la Ley Nº 25.400, que ratificó el Acuerdo denominado "Compromiso Federal por el Crecimiento y la Disciplina Fiscal", suscripto entre las Provincias, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gobierno Nacional.

El mismo estableció que durante el ejercicio fiscal 2001 las transferencias, por todo concepto (Coparticipación de Impuestos y Fondos Específicos) a Provincias, emergentes de la Ley Nº 23.548 y sus disposiciones complementarias y modificatorias, así como las de las Leyes Nº 23.966, Nº 24.130, Nº 24.699, Nº 24.464, Nº 25.082 y toda otra norma que disponga asignación y/o distribución específica de impuestos se fijan en la suma de 1.364 millones de pesos mensuales.

Dicha suma única y global mensual, de envío automático y diario, fue garantizada por la Nación con el doble carácter de límite inferior y superior de dichas transferencias, con independencia de los niveles de recaudación de impuestos existentes o a crearse en el futuro. Dentro de este régimen le correspondía al Tesoro Nacional compensar los faltantes de recursos hasta llegar al monto estipulado.

Asimismo, el Compromiso Federal estableció que el mecanismo de distribución de los fondos seguía siendo el de las leyes vigentes de coparticipación y transferencias de fondos específicos, hasta alcanzar la suma señalada.

De acuerdo con la cláusula vigésima del mencionado Compromiso, los fondos correspondientes a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no se incluían en la suma establecida, excepto en lo referido al Fondo Nacional de la Vivienda.

La Segunda Addenda al Compromiso Federal por el Crecimiento y la Disciplina Fiscal ratificada por el Decreto Nº 1584 de fecha 5 de diciembre de 2001 estableció que las transferencias por Coparticipación Federal de Impuestos y Leyes Especiales se reduzcan en la misma proporción en que disminuyan los créditos presupuestarios destinados al pago de haberes previsionales y salarios correspondientes al Sector Público Nacional. Dicha reducción no podrá superar el 13%.

Debido a la reducción estipulada en la Segunda Addenda, la suma a transferir al conjunto de Provincias ascendió al monto de 1.187 millones de pesos mensuales para los meses de Enero y Febrero de 2002.

Asimismo, la Segunda Addenda al Compromiso Federal por el Crecimiento y la Disciplina Fiscal estableció que los saldos impagos resultantes a favor de las Jurisdicciones por la garantía establecida en dicho Compromiso que se produzcan entre el 1º de Julio y el 31 de Diciembre del presente ejercicio serán reconocidos por el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial como créditos a favor de cada una de las Jurisdicciones.

El Decreto Nº 1004/2001 y sus modificatorias permitió la implementación de un programa de emisión de Letras de Cancelación de Obligaciones Provinciales (LECOP) con las provincias que expresen su voluntad de participación, pudiendo suscribir un monto equivalente a una nómina salarial ó a los saldos impagos a favor de las Jurisdicciones por la garantía establecida en el artículo 6º del Compromiso Federal por el Crecimiento y la Disciplina Fiscal y su Addenda. El límite de las respectivas Jurisdicciones sólo podrá ser ampliado a los fines del cumplimiento del artículo 2º de la Segunda Addenda al Compromiso Federal por el Crecimiento y la Disciplina Fiscal aprobada por el Decreto Nº 1.584/2001.

La Ley Nº 25.570 ratificó el Acuerdo Nación-Provincias sobre la Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos de fecha 27 de febrero de 2002, dejó sin efecto todas las garantías sobre los niveles a transferir por el Gobierno Nacional correspondientes a Coparticipación Federal de Impuestos y Leyes Especiales desde el 1º de marzo de 2002 e incluyó en el financiamiento de la masa bruta de Coparticipación Federal de Impuestos el producido del 30% del Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios.

En el siguiente cuadro se presenta un comparativo de los montos distribuidos al conjunto de provincias, diferenciados por su carácter de automaticidad, durante el primer trimestre de los años 2002 y 2001.

Recursos de Origen Nacional

En millones de pesos

CONCEPTO

Acumulado al

1er. Trim. 2001

Acumulado al

1er. Trim. 2002

Diferencias

Variación %

Transferencias automáticas

4.087,7

3.197,2

-890,5

-21,8

Transferencias no automáticas

59,2

4,9

-54,3

-91,7

Total

4.146,9

3.202,1

-944,8

-22,8

 

 

Las transferencias automáticas al conjunto de Provincias durante el primer trimestre del año 2002 disminuyeron en 890,5 millones de pesos con respecto al ejercicio anterior, representando una caída de 21,8%.

Las remesas no automáticas del ejercicio 2002 disminuyeron en 54,3 millones de pesos, representando una variación negativa del 91,7%, conformada por una caída del 94,7 %(39 millones de pesos) de las transferencias discrecionales y una variación en igual sentido del 85% (15 millones de pesos) en concepto de Subsidio al Consumo de Gas para la región Patagónica.

Dado que el nivel de recaudación fue insuficiente para hacer frente a la suma estipulada en la Segunda Addenda al Compromiso Federal por el Crecimiento y la Disciplina Fiscal, la suma en concepto de garantía correspondiente a los meses de Enero y Febrero del año 2002 ascendió a 619,8 millones de pesos, representando un incremento del 184% respecto de igual período del ejercicio anterior y respecto del primer trimestre un aumento del 78,7 %. A los fines comparativos se debe considerar que la suma garantizada para los meses de Enero y Febrero 2002 fue inferior a la estipulada para el ejercicio anterior, dado que la misma disminuyó en un 13%.