"2014  - Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo"

 

BUENOS AIRES, 30 de diciembre 2014

 

VISTO la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, la Disposición N° 71 de fecha 28 de diciembre de 2010, la Disposición N° 56 de fecha 16 de diciembre de 2011, la Disposición N° 1 de fecha 12 de enero de 2012 y la Disposición N° 26 de fecha 28 de diciembre de 2012, todas ellas de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

 CONSIDERANDO:

Que el inciso h) del Artículo 91 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 define la competencia de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, para preparar anualmente la Cuenta de Inversión que contempla la CONSTITUCIÓN NACIONAL, a fin de su presentación ante el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

Que el Artículo 95 de dicha Ley determina el contenido mínimo de la citada Cuenta de Inversión.

Que a través de la Disposición N° 71 de fecha 28 de diciembre de 2010 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, se aprobó el Manual de Cierre de Ejercicio Anual el que define la información complementaria a presentar por los Entes del Sector Público Nacional, indicados en el Artículo 8º de la ley citada en el Visto.

Que mediante la Disposición N° 56 de fecha 16 de diciembre de 2011 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, se sustituyó el Instructivo del Cuadro I “Salida Básica de e-PEF” y el Instructivo del Cuadro III “Salida Básica de e-PEF”.

Que asimismo por la Disposición N° 1 de fecha 12 de enero de 2012 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN se sustituyeron algunos cuadros de Cierre de la ADMINISTRACIÓN CENTRAL,  ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS, UNIVERSIDADES NACIONALES, EMPRESAS y SOCIEDADES DEL ESTADO.

Que a través de la  Disposición N° 26 de fecha 28 de diciembre de 2012 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN se sustituyó el punto I “CUADROS y ANEXOS” del apartado de EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO del Manual de Cierre de Ejercicio Anual.

Que la presente medida se dicta en función de las disposiciones del Artículo 91 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones.

 Por ello,

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:

ARTÍCULO 1º.-  La documentación respaldatoria de los cuadros que incluyan información del Módulo de Conciliación Bancaria deberá ser generada en el Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF), para aquellos Organismos que cuenten con el mismo.  

A tales fines, los Servicios Administrativo Financieros deberán generar el listado denominado Consulta de Saldo Disponible a la fecha de cierre de ejercicio que corresponda y adjuntarlo al cuadro correspondiente que presenten para el mismo.

ARTÍCULO 2°.- Modifícase el capítulo “Organismos Descentralizados e Instituciones de la Seguridad Social” del Manual de Cierre del Ejercicio Anual, por el que se adjunta como Anexo y forma parte integrante de la presente disposición.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

 

DISPOSICIÓN Nº 17/14 CGN

 

 

Anexo


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