"2013 - Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813"

 

BUENOS AIRES, 26 de Febrero de 2013

 

VISTO la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, las Resoluciones Nros. 532 de fecha 19 de Diciembre de 1994 y 47 de fecha 5 de Septiembre de 1996, ambas de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la Resolución Nº 81 de fecha 13 de Abril de 2012 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y Disposición Nº 25 de fecha 7 de junio de 1999 de esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 562 de fecha 19 de Diciembre de 1994 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS establece que en el casillero de Fecha de Vencimiento debe consignarse la fecha de la factura según las cláusulas de pago pactadas y que dicha fecha debe ser posterior a la registrada en el momento de la recepción del Formulario C-41 en la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que la Resolución Nº 47 de fecha 5 de Septiembre de 1996 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS faculta a esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a realizar modificaciones en los Procedimientos e Instructivos de Ejecución Presupuestaria de Recursos y Gastos para la Administración Nacional, como así también para el dictado de las normas complementarias, aclaratorias e interpretativas a que hubiere lugar.

Que asimismo, y a fin de establecer un ordenamiento en el cronograma de pagos de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS en el Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.D.I.F.) resultó necesario fijar un límite para la asignación de fechas máxima de vencimiento, emitiéndose a tales fines la Disposición 25 de fecha 7 de junio de 1999 de esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN.

Que por la Resolución Nº 81 de fecha 13 de Abril de 2012 de la SECRETARÍA DE HACIENDA se aprobó el "Marco Conceptual del Circuito de Gasto" y sus respectivos comprobantes y descriptivos, para aquellos organismos que operan dentro del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF).

Que en función a ello corresponde adecuar a las disposiciones del citado Marco, la normativa vigente.

Que la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 88 y 91 inc. a) de la Ley Nº 24.156 y el artículo 3º de la Resolución Nº47/96 S.H.

 

Por ello,

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- A partir de la fecha de la presente disposición, la fecha máxima a consignar en el casillero "Fecha de Vencimiento" del formulario C-41 "Orden de Pago" o del "Comprobante Orden de Pago Presupuestaria (OP PRE)", según corresponda, que ingrese al SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN FINANCIERA (S.I.D.I.F.), no deberá exceder los 365 días corridos de la fecha de emisión de la Orden de Pago.

ARTÍCULO 2º.- Derógase la Disposición Nº 25 de fecha 7 de junio de 1999 de esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese y archívese.

 

DISPOSICIÓN Nº 02/13 CGN

 

 


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