![]() |
"2012 - Año Homenaje al Doctor D. MANUEL BELGRANO" |
BUENOS AIRES, 20 de enero de 2012
VISTO la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012 y la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2012 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN mediante la Ley Nº 26.728 sancionó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.
Que por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2012, se distribuyeron los créditos hasta el último nivel de desagregación previsto en el manual de clasificación presupuestaria para el Sector Público Nacional.
Que en consecuencia resulta necesario dictar las normas sobre apertura de registros de los créditos distribuidos por la Decisión Administrativa antes citada, como así también, puntualizar determinados aspectos que deberán tener en cuenta los Organismos de la Administración Nacional durante el corriente ejercicio.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por los Artículos 88 y 91 inc. a) de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones.
Por ello,
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébanse las Normas sobre Apertura de Registros de los créditos establecidos por la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012, distribuidos por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2012 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS que se adjuntan como Anexo y que forman parte integrante de la presente disposición.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese y archívese.
DISPOSICIÓN Nº 04/12
|
|
|
|