Anexo III


RUBRO: 2.2.7 INTERESES A DEVENGAR

CUENTA: 2.2.7.1 INTERESES A DEVENGAR A LARGO PLAZO

OBJETIVO: Registrar el importe correspondiente a los intereses incluidos en los Planes de Financiación, por las cuotas a vencer con posterioridad a los doce meses del cierre de ejercicio.

DÉDITO: Por el monto de los intereses incluidos en los  Planes de Financiación, correspondiente a las cuotas a vencer con posterioridad a los doce meses del cierre de ejercicio.

CRÉDITO: Por el monto de los intereses devengados en el momento de vencimiento de cada una de las cuotas correspondientes a los Planes de Financiación.

SALDO: Deudor. Representa el total de intereses que deberán cancelarse en oportunidad de hacer frente a cada una de las cuotas correspondientes a los Planes de Financiación, cuyo vencimiento opera con posterioridad a los doce meses del cierre de ejercicio.