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"2009-Año
de Homenaje a Raúl Scalabrini Ortiz" |
BUENOS AIRES, 27 de noviembre de 2009
VISTO la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional y sus normas complementarias, las
Resoluciones Nros 1397 de fecha 22 de noviembre de
1993 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y 473 de fecha
26 de julio de 1996 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA
Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y normas complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 88 de la
Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional indica que la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN,
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, será el Órgano Rector del Sistema
de Contabilidad Gubernamental.
Que en su Artículo 91 inc. a) la mencionada ley
establece que la citada Contaduría General tendrá competencia para el dictado
de normas de Contabilidad Gubernamental para todo el Sector Público Nacional.
Que la Resolución Nº 1397 de fecha 22 de noviembre
de 1993 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS aprueba el
“Catálogo Básico de Cuentas de la Contabilidad General”.
Que el Artículo 5º de la Resolución Nº 473 de fecha
26 de julio de 1996 de la SECRETARÍA DE HACIENDA encomienda a la CONTADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN a la actualización permanente del Manual de Contabilidad,
el que incluye el Plan de Cuentas de la Administración Nacional.
Que ante determinadas solicitudes efectuadas por
los Organismos se hace necesaria la apertura de rubros, cuentas y subcuentas contables.
Que la presente Disposición se dicta en virtud de
las facultades establecidas por los Artículos 88 y 91 de la Ley Nº 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público
Nacional y el Artículo 5º de la Resolución Nº 473/96 de la SECRETARÍA DE
HACIENDA.
Por ello,
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la apertura, dentro del
rubro 1.1.4 “Créditos”, del Plan de Cuentas aprobado por la Resolución Nº 1397
de fecha 22 de noviembre de 1993 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS y modificatorias, de la cuenta 1.1.4.6 “Deudores en Gestión
Judicial”, cuyas demás especificaciones obran en el ANEXO I a la presente disposición,
y de las subcuentas 1.1.4.6.1 “Deudores en Gestión
Judicial” y 1.1.4.6.9 “Otros Deudores en Gestión Judicial”.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase la apertura, dentro del
rubro 1.2.1 “Créditos a Largo Plazo”, del Plan de Cuentas aprobado por la
Resolución Nº 1397/93 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS y modificatorias, de la cuenta 1.2.1.7 “Deudores en Gestión Judicial a
Largo Plazo”, cuyas demás especificaciones obran en el ANEXO II a la presente disposición,
y de las subcuentas 1.2.1.7.1 “Deudores en Gestión
Judicial a Largo Plazo” y 1.2.1.7.9 “Otros Deudores en Gestión Judicial a Largo
Plazo”.
ARTÍCULO 3º.- Apruébase la apertura, dentro del
Capítulo 3.2 “Patrimonio Institucional” del Plan de cuentas aprobado por la
Resolución Nº 1397/93 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS, del rubro 3.2.5 “Reservas”, de la cuenta 3.2.5.1 “Reserva
Institucional”, cuyas demás especificaciones obran en el ANEXO III a la
presente disposición, y de las subcuentas 3.2.5.1.1
“Reservas” y 3.2.5.1.9 “Otras Reservas”.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.
DISPOSICIÓN N° 59/09 C.G.N.
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