"2008-Año de la Enseñanza de las Ciencias"

 

BUENOS AIRES, 31 de Enero de 2008

VISTO la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y las Disposiciones  Nros. 4 de fecha 10 de enero de 2006 y 2 de  fecha 10 de enero de 2008 ambas de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, y

CONSIDERANDO

Que el Artículo Nº 1 de la Disposición Nº 4 de fecha 10 de enero de 2006, establece que los Servicios Administrativo Financieros deberán remitir junto con la Nota y la Ficha del Registro de firmas indicada en el Anexo I de la Disposición  Nº 36 de fecha 4 de noviembre de 2002 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, las planillas que obran como Anexo III de la citada norma.

Que el Artículo Nº 1 de la Disposición Nº 2 de fecha 10 de enero de 2008 indica  que los Servicios Administrativo Financieros deberán remitir las planillas que obran como Anexo III de su similar Nº 4, antes del 31 de enero de 2008, a fin de realizar un relevamiento integral de los datos obrantes en esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN.

Que es oportuno aclarar que el Anexo III mencionado en la Disposición Nº 2/08 corresponde a la Disposición 36 de fecha 4 de noviembre de 2002.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 88 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Por ello,

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Aclárase que el Anexo III, mencionado en el Artículo 1º de la Disposición Nº 2 de fecha 10 de enero de 2008, corresponde a la Disposición Nº 36 de fecha 4 de noviembre de 2002.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, notifíquese y archívese.

 

DISPOSICIÓN Nº 11/08 C.G.N.

                       

 


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