![]() |
"2007-Año de la Seguridad Vial"
|
BUENOS AIRES, 10 DE JULIO DE 2007
VISTO
lo establecido en el Artículo 91 inciso i) de la Ley Nº 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público
Nacional, el Artículo 30 de la Ley Nº 24.624 y las Disposiciones Nros. 30 y 17 de fechas 7 de septiembre de 2005 y 18 de Abril de 2006
respectivamente, ambas de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN , y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 91 inciso i)
de la Ley Nº 24.156 citado precedentemente, la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
(CGN), dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, tiene competencia para mantener el ARCHIVO GENERAL DE
DOCUMENTACIÓN FINANCIERA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL (AGAN).
Que la CONTADURÍA GENERAL DE LA
NACIÓN en general y el Archivo General antes citado en particular, persiguen no
sólo cumplir con lo estipulado por el Artículo 30 de la Ley Nº 24.624, sino
también, jerarquizar su desempeño y mejorar la calidad de su operatoria,
haciendo cada vez más eficaz su funcionamiento, se ha propuesto contar como
valor fundamental la consecución de estándares de calidad internacionales.
Que en dicho marco la Disposición Nº
30/05 CGN aprueba las políticas y objetivos de calidad, como parte integrante
del Manual de Calidad para el ARCHIVO GENERAL DE DOCUMENTACIÓN FINANCIERA DE LA
ADMINISTRACIÓN NACIONAL.
Que la Disposición Nº 17 de fecha
18 de abril de 2006, modifica la Meta a Alcanzar del Objetivo Nº 4, contenida
en el ANEXO de la Disposición mencionada en el considerando anterior.
Que en función a la última revisión
por la dirección resulta necesario ampliar los contenidos de las mencionadas
políticas y objetivos.
Que la presente medida se dicta en
función de las facultades otorgadas a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
como Órgano Rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental establecidas por
los Artículos 88 y 89 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de
los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Por ello,
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el ANEXO de la
Disposición Nº 30 de fecha 7 de septiembre de 2005 de la CONTADURÍA GENERAL DE
LA NACIÓN, el que quedará redactado según se detalla a continuación:
ANEXO
Políticas
y Objetivos de calidad
Políticas
de Calidad.
Considerando
que el espíritu que el Archivo General de Documentación Financiera de la
Administración Nacional (AGAN) persigue, no sólo es cumplir con lo estipulado
por el artículo 30 de la Ley Nº 24.624, sino también, jerarquizar su desempeño
y mejorar la calidad de su operatoria, haciendo cada vez más eficaz su
funcionamiento, se ha propuesto contar como valor fundamental la consecución de
estándares de calidad internacionales a fin de satisfacer cada vez mejor las
necesidades de los usuarios.
Por lo anteriormente
expuesto, y teniendo en cuenta que la calidad en los procesos y servicios es un
objetivo central en nuestro accionar, se han establecido para el AGAN las
siguientes políticas de calidad:
-
Satisfacer las necesidades y expectativas de los usuarios de la documentación y
demás sectores involucrados.
-
Contar con alta calidad en su personal, basada en el compromiso en todas sus
actividades.
- Trabajar por la mejora continua en nuestros procesos y
servicios.
-
Implementar y mantener un Sistema de Gestión de Calidad en un todo de acuerdo a
lo estipulado en la Norma IRAM ISO 9001:2000.
- Alcanzar y mantener tiempos de accesibilidad a la
documentación que permitan que la misma sea oportuna, precisa y confiable.
Objetivos de
Calidad.
1. Asegurar la capacidad de
nuestros recursos humanos para la realización de sus tareas.
2. Circular
periódicamente a los usuarios activos del sistema.
3. Revisar nuestros procesos a
fin de contribuir a una gestión eficaz.
4. Entregar
en tiempo y forma la documentación solicitada.
5. Garantizar
la confidencialidad de la documentación.
A continuación se
presentan las metas a alcanzar.
Objetivo |
Meta a alcanzar |
Indicadores |
1 |
Que el personal del AGAN: a) Alcance un nivel de calidad promedio superior al 98% de acuerdo a los parámetros establecidos en su sector y b) Realice eficazmente su trabajo, alcanzando un valor promedio mayor o igual a 1,5 en su evaluación de desempeño de acuerdo a lo estipulado en la Guía de Indicadores por Procesos del AGAN. |
a) de acuerdo a lo estipulado en la “Guía de indicadores por procesos del AGAN”. b) de valores obtenidos en cada ítem / Nº total de ítems evaluados Frecuencia de medición: anual. El indicador (a) tiene grados de avance mensuales |
2 |
a) Consultar a todos los usuarios activos del sistema de gestión de la calidad por lo menos una vez al año. b) Obtener un valor representativo de respuesta en la consulta. El valor a alcanzar en el indicador (a) debe ser mayor o igual a 1 y un 50% para el indicador (b) |
a) Cantidad de usuarios activos consultados en el año / Cantidad de usuarios activos del sistema. Frecuencia: anual b) Cantidad de encuestas recibidas X 100 / Cantidad de encuestas realizadas. Frecuencia: anual |
3 |
Evaluar por lo menos una vez al año el total de los procesos a fin de obtener un rendimiento general del sistema de gestión de la calidad mayor o igual al 99% |
Promedio de cada proceso x 100 / N° de procesos. Frecuencia: anual |
4 |
Entregar como mínimo el 99% de la documentación en tiempo y forma de acuerdo a lo estipulado en el Registro de Tiempo de Procesos |
Cantidad de documentación entregada en tiempo y forma x 100 / cantidad de documentación entregada. Frecuencia: anual |
5 |
Entregar el 100% de la documentación a sus dueños primarios. |
Cantidad de documentos correctamente entregados x 100 / cantidad de documentos entregados Frecuencia: anual |
ARTÍCULO 2º.- Déjase sin efecto la Disposición Nº 17 de fecha 18 de abril de 2006 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, Comuníquese y archívese.
DISPOSICIÓN Nº 20/07 CGN
|
|