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"2006-Año de Homenaje al Dr. Ramón Carrillo"
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BUENOS
AIRES, 08 de Marzo de 2006
VISTO
la Ley 25.865, la Resolución Nº 209 de la SECRETARÍA DE HACIENDA de fecha 19
de agosto de 2005, la Disposición Conjunta Nº 21 de la CONTADURÍA GENERAL DE
LA NACIÓN y Nº 10 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN de fecha 22 de junio
de 1995, modificada por su similar Nº 17 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA
NACIÓN y Nº 7 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, de fecha 6 de mayo de
2003 y la Circular Nº 23 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN de fecha 2 de
noviembre de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que
la Disposición Conjunta Nº 21/95 CGN y 10/95 TGN aprueba los procedimientos y
formularios para el registro de altas, bajas y modificaciones de los datos de
los beneficiarios incluidos en la base del Sistema Integrado de Información
Financiera (S.I.D.I.F).
Que
la Disposición Conjunta Nº 17/03 CGN y 7/03 TGN modifica el Anexo II “Solicitud
de Alta y Modificación de Beneficiarios” de su similar mencionada en el
párrafo precedente.
Que
la Circular Nº 23/99 CGN especifica los datos que deberán ingresarse al
sistema citado en el primer considerando.
Que
la Ley 25.865 modifica su similar del Impuesto al Valor Agregado e Impuesto a
las Ganancias.
Que
en función al párrafo precedente resulta necesario volver a modificar el Anexo
II de la Disposición Conjunta Nº 17/03 CGN y 7/03 TGN antes citado.
Que
la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN son,
en virtud de las disposiciones de la Ley Nº 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional,
responsables, respectivamente, de prescribir las disposiciones necesarias para
el funcionamiento de los sistemas contables y de tesorería de los Organismos
alcanzados por la citada Ley.
Que
la presente Disposición Conjunta se dicta en virtud de las facultades
establecidas por los artículos 73 y 88 de la citada Ley Nº 24.156 y el 10 de
la Resolución Nº 262/95 S.H.
Por
ello,
EL
CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
Y
EL TESORERO GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONEN:
ARTÍCULO
1º - Sustitúyese el Anexo II de la Disposición Conjunta Nº 17 de la
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y Nº 7 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN
de fecha 6 de mayo de 2003, de acuerdo al Anexo que se adjunta.
ARTÍCULO
2º.- Regístrese, notifíquese y archívese.
DISPOSICIÓN
Nº 12/06 C.G.N.
DISPOSICIÓN Nº 5/06 T.G.N.
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Anexo Disposición Nº 12/06 CGN