"2006-Año de Homenaje al Dr. Ramón Carrillo"

 

 

BUENOS AIRES, 08 de Marzo de 2006

VISTO la Ley 25.865, la Resolución Nº 209 de la SECRETARÍA DE HACIENDA de fecha 19 de agosto de 2005, la Disposición Conjunta Nº 21 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y Nº 10 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN de fecha 22 de junio de 1995, modificada por su similar Nº 17 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y Nº 7 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, de fecha 6 de mayo de 2003 y la Circular Nº 23 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN de fecha 2 de noviembre de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que la Disposición Conjunta Nº 21/95 CGN y 10/95 TGN aprueba los procedimientos y formularios para el registro de altas, bajas y modificaciones de los datos de los beneficiarios incluidos en la base del Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.D.I.F).

Que la Disposición Conjunta Nº 17/03 CGN y 7/03 TGN modifica el Anexo II “Solicitud de Alta y Modificación de Beneficiarios” de su similar mencionada en el párrafo precedente.

Que la Circular Nº 23/99 CGN especifica los datos que deberán ingresarse al sistema citado en el primer considerando.

Que la Ley 25.865 modifica su similar del Impuesto al Valor Agregado e Impuesto a las Ganancias.

Que en función al párrafo precedente resulta necesario volver a modificar el Anexo II de la Disposición Conjunta Nº 17/03 CGN y 7/03 TGN antes citado.

Que la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN son, en virtud de las disposiciones de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, responsables, respectivamente, de prescribir las disposiciones necesarias para el funcionamiento de los sistemas contables y de tesorería de los Organismos alcanzados por la citada Ley.

Que la presente Disposición Conjunta se dicta en virtud de las facultades establecidas por los artículos 73 y 88 de la citada Ley Nº 24.156 y el 10 de la Resolución Nº 262/95 S.H.

Por ello,

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
Y
EL TESORERO GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONEN:

ARTÍCULO 1º - Sustitúyese el Anexo II de la Disposición Conjunta Nº 17 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y Nº 7 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN de fecha 6 de mayo de 2003, de acuerdo al Anexo que se adjunta.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, notifíquese y archívese.

 

DISPOSICIÓN Nº 12/06 C.G.N.
DISPOSICIÓN Nº 5/06 T.G.N.

            

 

Anexo Disposición Nº 12/06 CGN

Formulario de Alta


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