PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE RETENCIONES R.G. Nº 1784/04 AFIP.

 

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS QUE OPEREN CON SLU Y ORGANISMOS DE ADMINISTRACIÓN CENTRAL:

 

1. Los Servicios Administrativo Financieros que  actúen como agentes de retención para el ingreso de las contribuciones patronales con destino a la seguridad social,  deberán consignar en las Órdenes de Pago, el Código de Retención 11 “Retención SUSS – Régimen General de Retención (RG. Nº 1784/04 AFIP)”, cuyo beneficiario será la AFIP y la cuenta bancaria destino Nº 4318/58 en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA.

 

2. Las deducciones de los Servicios Administrativo Financieros de Administración Central serán seleccionadas desde la  TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN en la fecha de vencimiento indicadas en el devengamiento, cuyo beneficiario será  la AFIP, cuenta bancaria destino Nº 4318/58 BNA.

 

3. Los Organismos Descentralizados que operen con SLU, generarán las respectivas órdenes bancarias, cuyo beneficiario será la AFIP, la cuenta bancaria  destino Nº 4318/58 en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA.

 

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS QUE NO OPEREN CON SLU:

 

Los Organismos Descentralizados que no operen con SLU, deberán proceder de acuerdo con los procedimientos vigentes, informando  las retenciones de este régimen en el Código 11 “Retención SUSS – Régimen General de Retención (RG. Nº 1784/04 AFIP)”.

 

 


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