PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE RETENCIONES R.G. Nº 1784/04 AFIP.
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS QUE OPEREN CON SLU Y
ORGANISMOS DE ADMINISTRACIÓN CENTRAL:
1. Los Servicios
Administrativo Financieros que actúen
como agentes de retención para el ingreso de las contribuciones patronales con
destino a la seguridad social, deberán
consignar en las Órdenes de Pago, el Código de Retención 11 “Retención SUSS – Régimen
General de Retención (RG. Nº 1784/04 AFIP)”, cuyo beneficiario será la AFIP y la cuenta bancaria
destino Nº 4318/58 en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA.
2. Las deducciones de los
Servicios Administrativo Financieros de Administración Central serán
seleccionadas desde la TESORERÍA
GENERAL DE LA NACIÓN en la fecha de vencimiento indicadas en el devengamiento,
cuyo beneficiario será la AFIP, cuenta
bancaria destino Nº 4318/58 BNA.
3. Los Organismos Descentralizados que operen con SLU,
generarán las respectivas órdenes bancarias, cuyo beneficiario será la AFIP, la
cuenta bancaria destino Nº 4318/58 en
el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA.
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS QUE NO OPEREN CON SLU:
Los Organismos
Descentralizados que no operen con SLU, deberán proceder de acuerdo con los
procedimientos vigentes, informando las
retenciones de este régimen en el Código 11 “Retención SUSS – Régimen General de Retención (RG.
Nº 1784/04 AFIP)”.