ANEXO I

PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE RETENCIONES PARA LOS ORGANISMOS QUE UTILICEN CUALQUIER SISTEMA INFORMÁTICO, EXCLUIDO EL SIDIF LOCAL UNIFICADO (SLU).

 

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

1. Los Servicios Administrativo Financieros que deban actuar como agentes de retención para el ingreso de las contribuciones patronales con destino a la seguridad social, en los términos de la RG 1769/04 AFIP, deberán consignar en las Órdenes de Pago el Código de Deducción 9, “Otras Deducciones”, a los fines de practicar la misma.

2. Para aquellas Órdenes de Pago que son presentadas en formulario papel en esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN se deberá informar, adjunto a ésta, una nota con las características indicadas en el Anexo III suscripta por el Director de Administración, con el detalle de las retenciones que la Dirección de Movimiento de Fondos de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN deberá seleccionar indicando que se trata de retenciones correspondientes a Contribuciones Patronales por prestadores de Servicios de Investigación y Seguridad, alcanzadas por la RG Nº 1769/04 AFIP.

3. Para las Órdenes de Pago, que no se presentan en formulario papel en esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN la nota a la que hace referencia el punto precedente deberá ser presentada, al día siguiente del pago que generó la retención, directamente ante la Dirección de Movimiento de Fondos de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN .

4. El día hábil siguiente al del cierre del período que se liquida, la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN emitirá un cheque por el monto correspondiente, que quedará a disposición de los Servicios Administrativo Financieros para que procedan al retiro del mismo, quedando bajo su responsabilidad el pago posterior a la AFIP, de acuerdo a los plazos previstos en la reglamentación.

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

1. Los Organismos Descentralizados deberán proceder de acuerdo con los procedimientos vigentes, informando transitoriamente las retenciones de este régimen en el Código 9 “Otras Deducciones”.

 

ANEXO II

PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE RETENCIONES PARA  LOS ORGANISMOS QUE OPEREN CON  EL SIDIF LOCAL UNIFICADO (SLU).

 

1. Los Servicios Administrativo Financieros que operan con el sistema SLU y deban actuar como agentes de retención para el ingreso de las contribuciones patronales con destino a la seguridad social, en los términos de la RG 1769/04 AFIP, deberán consignar en las Órdenes de Pago el Código de Deducción 9 “Otras Deducciones”, a los fines de practicar la misma y discriminar mediante un código interno albeneficiario AFIP y la cuenta bancaria destino Nº 4318/58 en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, con la siguiente descripción “Contribuciones patronales sobre  Servicios de Investigación y Seguridad RG 1769/04”.

2. Las deducciones de los Servicios Administrativo Financieros de Administración Central serán seleccionadas desde la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN en la fecha de vencimiento indicadas por aquellos en el devengamiento, cuyo beneficiario será la AFIP - cuenta bancaria Nº 4318/58 BNA.

3. Los Organismos Descentralizados generarán las respectivas órdenes bancarias, cuyo beneficiario será AFIP - cuenta bancaria Nº 4318/58 BNA.

 

ANEXO III

MODELO DE NOTA

SRES.

DIRECCIÓN DE MOVIMIENTO DE FONDOS DE LA

TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN:

Por la presente se informa el detalle de las retenciones de contribuciones patronales, de los prestadores de Servicios de Investigación y Seguridad, de acuerdo a lo establecido por la RG. Nº 1769/04 AFIP y Disposición Conjunta Nº 4//05 CGN y 1/05 TGN.

 

Nº O.P.

BENEFICIARIO O.P.

MONTO RETENCIÓN COD. 9

FECHA PAGO O.P.

FECHA VTO. DE LA RETENCIÓN

 

 

 

 

 

 

Saludo a Ud. atte.

 


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