PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE RETENCIONES PARA LOS ORGANISMOS QUE UTILICEN CUALQUIER SISTEMA INFORMÁTICO, EXCLUIDO EL SIDIF LOCAL UNIFICADO (SLU).
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
1.
Los Servicios Administrativo Financieros que deban actuar como agentes de
retención para el ingreso de las contribuciones patronales con destino a la
seguridad social, en los términos de la RG 1769/04 AFIP, deberán consignar en
las Órdenes de Pago el Código de Deducción 9, “Otras Deducciones”, a los fines
de practicar la misma.
2.
Para aquellas Órdenes de Pago que son presentadas en formulario papel en esta
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN se deberá informar, adjunto a ésta, una nota
con las características indicadas en el Anexo III suscripta por el Director de
Administración, con el detalle de las retenciones que la Dirección de
Movimiento de Fondos de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN deberá seleccionar
indicando que se trata de retenciones correspondientes a Contribuciones
Patronales por prestadores de Servicios de Investigación y Seguridad,
alcanzadas por la RG Nº 1769/04 AFIP.
3.
Para las Órdenes de Pago, que no se presentan en formulario papel en
esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN la nota a la que hace referencia el punto
precedente deberá ser presentada, al día siguiente del pago que generó la
retención, directamente ante la Dirección de Movimiento de Fondos de la
TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN .
4.
El día hábil siguiente al del
cierre del período que se liquida, la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN emitirá un
cheque por el monto correspondiente, que quedará a disposición de los Servicios
Administrativo Financieros para que procedan al retiro del mismo, quedando bajo
su responsabilidad el pago posterior a la AFIP, de acuerdo a los plazos
previstos en la reglamentación.
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
1.
Los Organismos Descentralizados
deberán proceder de acuerdo con los procedimientos vigentes, informando
transitoriamente las retenciones de este régimen en el Código 9 “Otras
Deducciones”.
PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE RETENCIONES PARA LOS ORGANISMOS QUE OPEREN CON EL SIDIF LOCAL UNIFICADO (SLU).
1.
Los Servicios Administrativo Financieros que operan con el sistema SLU y deban
actuar como agentes de retención para el ingreso de las contribuciones
patronales con destino a la seguridad social, en los términos de la RG 1769/04
AFIP, deberán consignar en las Órdenes de Pago el Código de Deducción 9 “Otras
Deducciones”, a los fines de practicar la misma y discriminar mediante un
código interno albeneficiario AFIP y la
cuenta bancaria destino Nº 4318/58 en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, con la
siguiente descripción “Contribuciones patronales
sobre Servicios de Investigación y
Seguridad RG 1769/04”.
2.
Las deducciones de los Servicios Administrativo Financieros de Administración
Central serán seleccionadas desde la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN en la fecha
de vencimiento indicadas por aquellos en el devengamiento, cuyo beneficiario
será la AFIP - cuenta bancaria Nº 4318/58 BNA.
3. Los Organismos Descentralizados
generarán las respectivas órdenes bancarias, cuyo beneficiario será AFIP -
cuenta bancaria Nº 4318/58 BNA.
MODELO DE NOTA
SRES.
DIRECCIÓN DE MOVIMIENTO DE FONDOS DE LA
TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN:
Por la presente
se informa el detalle de las retenciones de contribuciones patronales, de los
prestadores de Servicios de Investigación y Seguridad, de acuerdo a lo
establecido por la RG. Nº 1769/04 AFIP y Disposición Conjunta Nº 4//05 CGN y
1/05 TGN.
Nº O.P. |
BENEFICIARIO O.P. |
MONTO RETENCIÓN COD. 9 |
FECHA PAGO O.P. |
FECHA VTO. DE LA RETENCIÓN |
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Saludo a Ud. atte.