"2004- Año de la Antártida
Argentina"
BUENOS AIRES, 22
de enero de 2004
VISTO las Leyes Nº 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y Nº 25.827
del Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2004, el Decreto Nº 1290 de fecha 18 de diciembre de 2003, la
Decisión Administrativa Nº 2 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de fecha
14 de enero de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el HONORABLE CONGRESO NACIONAL mediante la Ley
Nº 25.827 sancionó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2004.
Que mediante el Decreto Nº 1290/03, la Ley citada en
el Considerando anterior fue parcialmente promulgada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL.
Que por la Decisión Administrativa Nº 2/04, se
distribuyeron los créditos hasta el último nivel de desagregación previsto en
el manual de clasificación presupuestaria para el Sector Público Nacional.
Que en consecuencia resulta necesario dictar las
normas sobre apertura de registros de los créditos aprobados por la Ley Nº
25.827 y distribuidos por la Decisión Administrativa antes citada, como así
también puntualizar determinados aspectos a que deben atenerse los Organismos
de la Administración Nacional durante el presente Ejercicio.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo
dispuesto por el artículo 88 y 91 inc. a) de la Ley Nº 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Por ello,
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébanse las Normas sobre Apertura de Registros de los
créditos aprobados por la Ley Nº 25.827, distribuidos por la Decisión
Administrativa Nº 2 de fecha 14 de enero de 2004, que se adjuntan como Anexo y
que forma parte integrante de la presente Disposición.
ARTÍCULO
2º.- Regístrese, comuníquese y archívese.
DISPOSICIÓN Nº 01/04
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