1999 - Año de la Exportación

BUENOS AIRES, 28 DE DICIEMBRE 1999

 

VISTO la Resolución de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS Nº 609 de fecha 3 de Diciembre de 1999 y las Disposiciones Nº 56 y Nº 57 ambas de fecha 9 de Diciembre de 1999 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 609/99 SH dispuso las normas generales de cierre del ejercicio 1999 a fin de elaborar la correspondiente Cuenta de Inversión, contemplada en la CONSTITUCIÓN NACIONAL, para su presentación ante el CONGRESO NACIONAL.

Que la Disposición Nº 56/99 CGN aprueba los Cuadros Anexos y demás información complementaria que se deberá presentar para la confección de la citada Cuenta de Inversión.

Que a fin de unificar la presentación de la información correspondiente a las Unidades Ejecutoras de Préstamos Externos (UEPEX) se hace necesario modificar el Cuadro 3 del Capítulo 1 de la Disposición mencionada en el Considerando anterior.

Que con el objeto de mejorar la calidad de la información que esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN debe elaborar con los datos brindados por los distintos Organismos, es pertinente la inclusión del Cuadro "Estado de la Deuda Pública de la Administración Central/Resto del Sector Público/Otros" para los Organismos Descentralizados e Instituciones de la Seguridad Social, Universidades Nacionales y Empresas y Sociedades del Estado, dentro de la información a presentar por los mismos, a fin que cada Ente detalle los movimientos comprendidos entre el período 1º de Enero de 1999 al 31 de Diciembre de dicho año.

Que la Disposición Nº 57/99 CGN aprueba el procedimiento de registro de valuación contable de Bienes Inmuebles de Dominio Privado dispuesto por la Decisión Administrativa Nº 56/99 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que asimismo dicha Disposición aprobó modificaciones al Catálogo Básico de Cuentas de la Contabilidad General, las que afectan la exposición del Estado de Evolución del Patrimonio Neto.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 22 de la Resolución Nº 609 de fecha 3 de Diciembre de 1999 de la SECRETARÍA DE HACIENDA.

Por ello,

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Inclúyase en el Capítulo II "Organismos Descentralizados e Instituciones de la Seguridad Social, III "Universidades Nacionales" y IV "Empresas Públicas", de la Disposición Nº 56/99 CGN, el Cuadro "Estado de la Deuda Pública de la Administración Central/Resto del Sector Público/Otros", que obran como Anexos I "Organismos Descentralizados e Instituciones de la Seguridad Social, II "Universidades Nacionales" y III "Empresas Públicas" y que forman parte de la presente Disposición, la que deberá ser presentada conforme los plazos fijados por la Resolución Nº 609/99 SH.

ARTÍCULO 2º.- La información de "Movimientos de Fondos de Terceros y en Garantía" del Cuadro 3 correspondiente al Capítulo 1 "Administración Central", aprobado por la Disposición Nº 56/99 CGN, no contendrá la información correspondiente a las Unidades Ejecutoras de Préstamos Externos (UEPEX), las que en caso de contar con Fondos de Terceros y en Garantía deberán informar mediante Nota aclaratoria los stocks del inicio y cierre del período.

ARTÍCULO 3º.-Apruébase el nuevo modelo del Estado de Evolución del Patrimonio Neto que se adjunta como Anexo IV y que forma parte integrante de la presente Disposición

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, notifíquese y archívese.

 

DISPOSICIÓN Nº: 63/99 C.G.N.

 

 

 

ANEXO


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