1999 - Año de la Exportación
BUENOS AIRES, 21 de Octubre de 1999
VISTO las Resoluciones de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS Nº 410 de fecha 2 de Septiembre de 1998 y Nº 544 de fecha 4 de Diciembre de 1998 y la Disposición Nº 41 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS de fecha 9 de Septiembre de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 544/98 SH dispuso las normas de cierre del ejercicio 1998 a fin de elaborar la correspondiente Cuenta de Inversión, contemplada en la CONSTITUCIÓN NACIONAL, para su presentación ante el CONGRESO NACIONAL.
Que la citada Resolución establece que los Organismos Descentralizados e Instituciones de la Seguridad Social, Universidades Nacionales y Empresas Públicas deben presentar, entre otros, el Cuadro 4.1 "Estado de la Deuda Pública de la Administración Central/Resto del Sector Público/Otros" a fin que cada ente informe sobre los movimientos del período 1º de Enero de 1998 al 31 de Diciembre de dicho año.
Que la Disposición Nº 41/99 CGN establece las normas de cierre al 30 de Septiembre de 1999.
Que la citada Disposición no prevé la inclusión del citado Cuadro 4.1 para los Organismos antes mencionados.
Que a los fines mejorar la calidad de la información que esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN debe elaborar con los datos brindados por los distintos Organismos, es pertinente la inclusión del Cuadro 4.1 dentro de la información a presentar por los citados entes.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 10 de la Resolución Nº 410/98
S.H.
Por ello,
LA SUBCONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Inclúyase en el Anexo II, III y IV "Organismos Descentralizados e Instituciones de la Seguridad Social", "Universidades Nacionales" y "Empresas y Sociedades del Estado", respectivamente, de la Disposición Nº 41/99 CGN, el Cuadro "Estado de la Deuda Pública de la Administración Central/Resto del Sector Público/Otros", que obra como Anexos I, II y III, y que forman parte de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2º.- Fíjase el 29 de Octubre de 1999 como plazo máximo de presentación ante la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN del Cuadro citado en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, notifíquese y archívese.
DISPOSICIÓN Nº: 52
C.G.N.