1999 - Año de la Exportación
BUENOS AIRES, 12 DE MARZO DE 1999.
VISTO la Ley N° 24.156 y la Disposición Nº 46 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS de fecha 30 de Agosto de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que anualmente mediante una Decisión Administrativa del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS se distribuyen los créditos aprobados por el Honorable CONGRESO DE LA NACIÓN hasta el último nivel de desagregación previsto en los clasificadores presupuestarios.
Que la citada Decisión Administrativa dispone, o puede disponer, que todos los remanentes de recursos correspondientes al ejercicio anterior de las jurisdicciones y entidades dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL, deban ser ingresados a la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, salvo que exista una norma con jerarquía de Ley que disponga lo contrario.
Que por su parte la Disposición Nº 46/96 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dispuso el tratamiento para el ingreso solamente de los remanentes del ejercicio 1995.
Que en consecuencia resulta necesario disponer un procedimiento de registro e ingreso de los remanentes de ejercicios anteriores de carácter general, con independencia de las partidas presupuestarias específicas que se determinen cada año para su imputación.
Que la imputación presupuestaria para incorporar los remanentes en cada ejercicio es determinada por la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 88 y 91 inc. a) de la Ley Nº 24.156.
Por ello,
LA SUBCONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el "Procedimiento
para el Ingreso de Remanentes de Ejercicios Anteriores", que se adjunta
como Anexo y forma parte de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2º.- Déjase sin efecto la Disposición Nº 46 de fecha 30 de Agosto de 1996 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, notifíquese y archívese.
DISPOSICIÓN Nº: 14
C.G.N.