BUENOS AIRES, 3 de noviembre de 1998

VISTO, el artículo 49 de la Ley N° 11.672 (t.o. 1997), la Ley N° 15.930, el Decreto N° 1.571 de fecha 9 de Octubre de 1981 y la Decisión Administrativa N° 43 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de fecha 30 de Abril de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 49 de la Ley 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997) cuya reglamentación está aprobada por la Decisión Administrativa N° 43/96, dispone el tratamiento a dispensar en materia de archivo en soporte electrónico u óptico indeleble a la documentación financiera, la de personal y la de control de la Administración Pública Nacional.

Que la Ley N° 15.930 determina la Organización y Funciones del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que el Decreto N° 1.571/81 establece la Tabla de Plazo Mínimos de Conservación de los Documentos de Personal y de Control.

Que resulta necesario fijar un procedimiento apropiado a través del dictado de normas que proporcionen funcionalidad a la gestión de guarda de la documentación financiera, asegurando su correcta recepción, ordenación, retiro y su posterior reintegro.

Que el ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN ha sido consultado en la materia de su específica competencia.

Que la presente Disposición se dicta en virtud de lo dispuesto por el Capítulo XIII "Disposiciones Varias" inciso d) de la Decisión Administrativa N° 43/96 de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Por ello,

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el “Procedimiento para la Implementación del envío, recepción, consulta, recibo y devolución de Documentos en el Archivo Modelo por Imágenes Digitales de Documentación Financiera” que se adjunta como Anexo y forma parte de la presente Disposición.

ARTÍCULO 2º - Regístrese, comuníquese y archívese.

DISPOSICIÓN Nº 46/98 C.G.N.

 

 

 

ANEXO

Planilla de Remisión de Documentación al A.M.I.D.D.F.

 


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