BUENOS AIRES, 3
de noviembre de 1998
VISTO, el artículo 49 de la Ley N°
11.672 (t.o. 1997), la Ley N° 15.930, el Decreto N° 1.571 de fecha 9 de Octubre
de 1981 y la Decisión Administrativa N° 43 de la Jefatura de Gabinete de
Ministros de fecha 30 de Abril de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 49 de la Ley
11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997) cuya reglamentación
está aprobada por la Decisión Administrativa N° 43/96, dispone el tratamiento a
dispensar en materia de archivo en soporte electrónico u óptico indeleble a la documentación
financiera, la de personal y la de control de la Administración Pública
Nacional.
Que la Ley N° 15.930 determina la
Organización y Funciones del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN dependiente del
MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que el Decreto N° 1.571/81 establece
la Tabla de Plazo Mínimos de Conservación de los Documentos de Personal y de
Control.
Que resulta necesario fijar un
procedimiento apropiado a través del dictado de normas que proporcionen
funcionalidad a la gestión de guarda de la documentación financiera, asegurando
su correcta recepción, ordenación, retiro y su posterior reintegro.
Que el ARCHIVO GENERAL DE LA
NACIÓN ha sido consultado en la materia de su específica competencia.
Que la presente Disposición se
dicta en virtud de lo dispuesto por el Capítulo XIII "Disposiciones
Varias" inciso d) de la Decisión Administrativa N° 43/96 de la Jefatura de
Gabinete de Ministros.
Por ello,
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO
1º.- Apruébase el “Procedimiento para la Implementación del envío, recepción,
consulta, recibo y devolución de Documentos en el Archivo Modelo por Imágenes
Digitales de Documentación Financiera” que se adjunta como
Anexo y forma parte de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2º - Regístrese, comuníquese y archívese.
DISPOSICIÓN Nº 46/98
C.G.N.
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Planilla de Remisión de Documentación al A.M.I.D.D.F.