BUENOS AIRES, 12 DE SEPTIEMBRE DE 1997

VISTO, las Disposiciones Nº 42/96 del 17 de mayo de 1996 y Nº 12/97 del 14 de febrero de 1997, ambas de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que en la Disposición Nº 42/96 C.G.N. citada en el VISTO, se fijan las pautas para los responsables de firmar los archivos a transmitir vía TRANSAF a través de una clave asignada a los mismos, a ser distribuida por la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN en sobres cerrados.

Que en la Circular Nº 12/97 C.G.N. se informa el procedimiento a seguir para el caso de extravíos de las claves mencionadas precedentemente.

Que se hace necesario para un mejor control de la entrega de claves, así como más modificaciones de firmantes, modificar el procedimiento instrumentado a través de las normas de Visto

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por los artículos 88 y 91 inc. a) de la Ley 24.156.

Por ello,

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el "Procedimiento para la Generación, Armado de Sobres y Distribución de Firmas Electrónicas del Sistema TRANSAF", que se adjunta como Anexo I y forma parte de la presente disposición.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el "Procedimiento de Altas, Bajas y Modificaciones de Funcionarios Habilitados a Firmar Lotes", que se adjunta como Anexo II y forma parte de la presente disposición.

ARTÍCULO 3º.-. La Distribución de los sobres conteniendo las claves se realizará conforme se determina en los procedimientos aprobados por la presente disposición.

ARTÍCULO 4º.- Vencido el período de vigencia de la clave electrónica, la DIRECCIÓN DE AUDITORIA DE SISTEMAS procederá a la destrucción de las mismas, con notificación al Servicio y registro en esa Dirección.

ARTÍCULO 5º.- Déjase sin efecto las Disposiciones Nº 42/96 y Nº 12/97 de esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, comuníquese y archívese.

DISPOSICIÓN Nº 33 C.G:N.

 

 

 


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