BUENOS
AIRES, 12 DE NOVIEMBRE DE 1996.
VISTO lo informado por las áreas técnicas de esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que la SECRETARIA DE HACIENDA esta desarrollando e
implantando el sistema SIDIF Local en distintos Servicios Administrativo
Financieros de la Administración Nacional.
Que a tales efectos resulta conveniente definir las
responsabilidades que le competen a cada una de las partes involucradas.
Que asimismo deben establecerse los canales de
comunicación adecuados entre los usuarios y la SECRETARIA DE HACIENDA, a fin de
agilizar los tiempos de respuesta a los problemas que puedan surgir en el
funcionamiento del sistema, estableciendo la competencia de actuación de
aquellos.
Que también es necesario fijar los procedimientos
mínimos para ordenar las tareas de mantenimiento.
Que la UNIDAD INFORMÁTICA de la SECRETARÍA DE
HACIENDA, es el área competente para entender las cuestiones inherentes al
desarrollo y mantenimiento de los programas en vigencia.
Que la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN es la
administradora de la base de datos de la SECRETARÍA DE HACIENDA, y como tal
debe definir los procedimientos y normas necesarias para su optimización.
Que la presente medida se dicta en virtud de las
facultades del artículo Nº 88 de la Ley Nº 24156 de Administración Financiera y
de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Por ello
El
CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:
ARTICULO 1º.- Apruébese la plataforma mínima de mantenimiento del
SIDIF - Local - que se adjunta como Anexo I y forma parte integrante de la
presente disposición
ARTICULO 2º.- Apruébese el procedimiento para las tareas de
mantenimiento detalladas en el Anexo II y que forma parte integrante de la
presente solicitud.
ARTICULO 3º.- De forma.
DISPOSICIÓN Nº 58/96
PLATAFORMA
MÍNIMA DE MANTENIMIENTO
La tarea o
actividad mantenimiento incluye todas aquellas correcciones, modificaciones,
optimizaciones o ampliaciones de las aplicaciones.
Responsabilidad del Usuario
El usuario
será responsable del mantenimiento del hardware y de sus conexiones o vínculos
físicos. Además deberá hacerse cargo del mantenimiento de las licencias por el
uso de software o herramientas de base, como así también de las ampliaciones de
uso que dichas licencias requiere.
El usuario del
sistema SIDIF Local podrá solicitar a la Secretaría de Hacienda todas
aquellas modificaciones, mejoras u
optimizaciones que perfeccionen las aplicaciones, para sus propias mejoras
operativas.
Responsabilidad de la Secretaria de Hacienda
La Secretaría
de Hacienda incorporará en forma directa al Sistema toda aquella modificación,
corrección, optimización o ampliación que surja como decisión del Órgano Rector
para los de tipo normativo y por propuesta de la Unidad Informática para los de
tipo informático.
Asimismo
incluirá, previo análisis, todo requerimiento de corrección o mejora solicitada
por las distintos organismos que optimicen o faciliten la operación de los
SIDIF-locales, siempre y cuando no alteren el modelo conceptual o la operatoria
vigente, fijando la fecha de puesta en marcha.
Comunicación Usuario - Secretaría de Hacienda
Para las
tareas de mantenimiento existirán dos medios de comunicación de acuerdo a las
siguiente clasificación:
1) Problemas de fallas registradas en la
operación diaria (urgencia)
Se establecerá una Unidad de Atención al Usuario, encargada de
recepcionar el problema, realizar un análisis del mismo, recomendar una
solución o derivarlo al sector de especialistas que corresponda. Deberá
determinarse que la falla está originada en el sistema y no en problemas de su
operación o fallas del equipamiento.
Esta Unidad estará equipada con medios adecuados de comunicación
(teléfonos, correo electrónico y fax) y de monitoreo.
El Organismo usuario designará un responsable funcional y uno
informático que atenderá en primera instancia el problema y que será el
autorizado para comunicarse con la Unidad de atención al usuario, ya
mencionada, en caso de no poder dar respuesta al pedido interno.
2)
Requerimientos respecto a proyectos de modificaciones, ampliaciones u
optimizaciones.
En estos casos se canalizará la solicitud por escrito a la
Contaduría General de la Nación, especificando el requerimiento y resultado
esperado de dichas mejoras, con relación al módulo conceptual.
Estos requerimientos serán analizados por la Contaduría General de
la Nación y puestos a consideración del Contador General y el Director de la
Unidad Informática a fin de analizar
sus implicancias, virtudes o restricciones, para decidir la adopción de la
propuesta y su alcance.
3) Cambios y modificaciones normativas
Serán responsabilidad directa de la Secretaría de Hacienda a
través de la Contaduría General de la
Nación. Cualquier propuesta o
colaboración en este sentido realizada por cualquier organismo, se deberá
canalizar de acuerdo al punto 2. “Requerimientos”.
Unidad Atención al Usuario
Esta Unidad
formará parte de la Unidad Informática y estará compuesta por personas con
conocimiento global de los sistemas involucrados y de los tipos de fallas más
frecuentes. Contará con medios que permitan acceder a una base de datos de las
fallas y soluciones registradas con anterioridad.
Cada pedido
quedará registrado desde su inicio; así como las diferentes intervenciones
efectuadas, cerrándose con la información de la solución realizada.
PROCEDIMIENTO PARA TAREAS DE MANTENIMIENTO
A los fines de
implementar un sistema ordenado de las tareas de mantenimiento se dispone el
siguiente procedimiento:
1. Toda solicitud de modificación, ajuste, actualización o mejora del
SIDIF Central o de los SIDIF-AC o SIDIF-OD, deberá ser enviada a la Contaduría
General de la Nación (CGN), bajo el título SOLICITUD
DE MANTENIMIENTO.
Esta solicitud solo la podrán elevar los responsables de los
Servicios Administrativo Financieros.
2. El Contador General de la Nación conjuntamente con el Director de
la Unidad Informática dispondrán -de corresponder- su aprobación, previa
evaluación de funcionalidad, tiempos y cantidad de horas que requiere la tarea,
como así también sugerir su derivación.
3. Las tareas de mantenimiento serán realizadas por la Unidad
Informática, directamente o a través de firmas consultoras, de acuerdo a la
disponibilidad de recursos y en razón de las capacidades técnicas en relación a
los productos desarrollados, objeto de mantenimiento.
4. El Contador General con la asistencia de la Unidad Informática y
en base a las solicitudes recibidas elaborará un plan de mantenimiento por
producto, identificando el origen de la solicitud, cantidad de horas estimadas
para su realización y plazos para su concreción.
Dicha planificación deberá permitir la siguiente clasificación:
Ÿ
Resolución de fallas de carácter:
Ÿ
Crítico
Ÿ
Vital
Ÿ
Importante
Ÿ
Sin relevancia
Ÿ
Cambios de funcionalidad
Ÿ
Mejoras operativas
Ÿ
Incorporación de facilidades
5. El o los planes de mantenimiento deberán ser girados a la Unidad
Informática, para su implementación en caso que el mantenimiento lo realice
dicha Unidad, o bien para el monitoreo y control cuando dicha tarea la realice
una firma contratada.