BUENOS AIRES, 6 de
enero de 1995
VISTO la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional, el Decreto Nº 2380 de fecha 28 de diciembre
de 1994 y la Resolución Nº 591 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA
Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, de fecha 30 de diciembre de 1994
y,
CONSIDERANDO:
Que por decreto Nº 2380/94 se dictaron normas relativas al funcionamiento
de Fondos Rotatorios y Cajas Chicas de Organismos de la Administración Central
dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL, a partir del 1º de enero de
1995.
Que la norma citada en el párrafo anterior derogó el decreto Nº 2661/92,
modificado por su similar Nº 1219/94, el cual aprobada el Régimen de Fondo
Permanente y Caja Chica para Organismos de la Administración
Nacional.
Que por la Resolución Nº 591/94 de la SECRETARIA DE HACIENDA se
reglamentó el Régimen de Fondo Permanente y Caja
Chica.
Que la mencionada Resolución deroga su similar Nº 110/92 por la cual se
aprobó el Manual de Fondo Permanente y Caja Chica.
Que, conforme lo dispuesto en la Resolución del VISTO, corresponde a la CONTADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN dictar normas complementarias relativas al
funcionamiento de los Fondos Rotatorios y Cajas
Chicas.
Que el presente acto se dicta en función de las atribuciones conferidas
por el inciso a) del artículo 91 de la Ley Nº 24.156 y el artículo 8º de la
Resolución 591/94 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
Por ello,
EL
CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:
ARTICULO 1º.-
Apruébase el Manual de Procedimientos de Fondos Rotatorios y Cajas Chicas para
la Administración Central, que se adjunta y forma parte de la presente
Disposición.
ARTICULO 2º.-
Comuníquese y archívese.
DISPOSICION Nº 1/95 C.G.N.