BUENOS AIRES, 6 de enero de 1995

 

VISTO la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, el Decreto Nº 2380 de fecha 28 de diciembre de 1994 y la Resolución Nº 591 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, de fecha 30 de diciembre de 1994 y,

CONSIDERANDO:

Que por decreto Nº 2380/94 se dictaron normas relativas al funcionamiento de Fondos Rotatorios y Cajas Chicas de Organismos de la Administración Central dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL, a partir del 1º de enero de 1995.

Que la norma citada en el párrafo anterior derogó el decreto Nº 2661/92, modificado por su similar Nº 1219/94, el cual aprobada el Régimen de Fondo Permanente y Caja Chica para Organismos de la Administración Nacional.

Que por la Resolución Nº 591/94 de la SECRETARIA DE HACIENDA se reglamentó el Régimen de Fondo Permanente y Caja Chica.

Que la mencionada Resolución deroga su similar Nº 110/92 por la cual se aprobó el Manual de Fondo Permanente y Caja Chica.

Que, conforme lo dispuesto en la Resolución del VISTO, corresponde a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dictar normas complementarias relativas al funcionamiento de los Fondos Rotatorios y Cajas Chicas.

Que el presente acto se dicta en función de las atribuciones conferidas por el inciso a) del artículo 91 de la Ley Nº 24.156 y el artículo 8º de la Resolución 591/94 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Por ello,

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:

ARTICULO 1º.- Apruébase el Manual de Procedimientos de Fondos Rotatorios y Cajas Chicas para la Administración Central, que se adjunta y forma parte de la presente Disposición.

ARTICULO 2º.- Comuníquese y archívese.

DISPOSICION Nº 1/95 C.G.N.

 

 


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