"2011 - Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores"

 


CIRCULAR Nº 03/11 C.G.N.

REFERENCIA: CONSTITUCIÓN DE FONDOS ROTATORIOS PARA EL EJERCICIO 2011.

BUENOS AIRES, 19 de Enero de 2011

SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO:

Me dirijo a Usted en función de lo dispuesto por el Artículo 88 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y el Artículo 7º de la Resolución Nº 360 de fecha 30 de Noviembre de 2010 de la SECRETARÍA DE HACIENDA relativa al cierre de ejercicio 2010.

Al respecto, mediante la presente se comunica a través de la planilla que se adjunta como Anexo, el límite por Servicio Administrativo Financiero de los Fondos Rotatorios a constituir, según los créditos prorrogados por el Decreto Nº 2.053 de fecha 22 de diciembre de 2010 en los términos del Artículo 27 de la citada Ley N° 24.156, distribuidos por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 7 de enero de 2011.

El monto determinado en la planilla Anexa corresponde a la aplicación del porcentaje establecido por el Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, reglamentario de la Ley 24.156, sobre la sumatoria de los objetos del gasto autorizados para las Fuentes de Financiamiento.

Consecuentemente, los Organismos deberán adecuar para el presente ejercicio  el monto constituido en el año anterior a nivel total y por Fuente de Financiamiento mediante el dictado del acto administrativo correspondiente, debiendo presentar  el proyecto del mismo antes del día 21 de febrero de 2011 en la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACION, conforme a lo establecido en la resolución precedentemente citada.

Saludo a Usted atentamente

 

 

Anexo


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