"2010-Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo""

CIRCULAR Nº 5/10 C.G.N.
 

 REFERENCIA: DEPÓSITOS JUDICIALES – BENEFICIARIO BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
 

 BUENOS AIRES, 30 de Marzo de 2010
 

SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO:

 

Me dirijo a Usted con relación a la Circular Nº 10/2004 C.G.N., referente a la efectivización de depósitos judiciales mediante órdenes de pago.
 

Al respecto, para los depósitos a realizarse por ante el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, se solicita tenga a bien agrupar en una sola orden de pago hasta un máximo de CINCUENTA (50) las causas que tramiten por ante el PODER JUDICIAL de dicha Provincia, no existiendo un límite mínimo de causas para agrupar.
 

La orden de pago, emitida de la forma indicada, deberá ser acompañada de un listado de las causas liquidadas (discriminado por sucursal bancaria, en el que deberá consignarse causas y montos); independientemente de los requisitos documentales especificados en la Circular N° 10/2004 C.G.N.
 

Esta CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN no dará curso a aquellas órdenes de pago de obligaciones judiciales que no cumplimenten lo indicado precedentemente.
 

Ante dudas o consultas, dirigirse al teléfono 4349-6821 o a la dirección de correo electrónico cippol@mecon.gov.ar
 

Saludo a Usted atentamente.
 

 

                       

 


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