"2006 - Año de Homenaje a Ramón Carrillo"

 

CIRCULAR Nº  06/06  C.G.N.

 

REFERENCIA: RETENCIÓN SUSS (CÓDIGO 11), CAMBIO DE ALÍCUOTA, RG Nº 2069/06 AFIP.

BUENOS AIRES, 26 de Junio de 2006

SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO:

Me dirijo a Ud. en función de lo dispuesto por el Artículo 88 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y con relación a la RG. Nº 2069/06 AFIP, modificatoria de su similar 1784/04 AFIP.

Al respecto, cabe recordar que a través de la citada RG 1784/04 AFIP, se estableció un régimen de retención para el ingreso de las contribuciones patronales con destino a la seguridad social, que se aplicará a los pagos que se efectúen para cancelar, total o parcialmente, las operaciones de ventas de cosas muebles, locaciones de obras, locaciones de cosas y de locaciones o prestaciones de servicios, gravadas por el impuesto al valor agregado.

Por su parte, la RG Nº 2069 AFIP de fecha 8 de junio de 2006, modifica el importe de la retención a efectuar, reemplazando la alícuota del 2% a 1%, la que será de aplicación para los pagos que se realicen a partir del primer día del mes de julio de 2006.

En ese entendimiento, aquellas órdenes de pago ya devengadas, que contengan el código de deducción 11 “Retención SUSS – Reg. General de Retención (RG 1784/04)” con la alícuota del 2% y su pago o fecha de vencimiento fuera posterior al 30 de junio del presente año, deberán ser desafectadas y volver a confeccionarlas aplicando la alícuota del 1%.

Por otro lado, y en el caso que se verifiquen órdenes de pago cuyas retenciones se hayan efectuado con la alícuota incorrecta, los  Servicios Administrativo Financieros deberán atenerse a lo establecido por la RG 4110/96 AFIP y sus normas complementarias y modificatorias.

Por último, vale mencionar que todo tipo de consulta relacionada con el régimen de retención establecido por la RG Nº 1784/04 AFIP y sus normas complementarias y modificatorias, deberá ser canalizada a través de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

Saludo a Ud. atentamente

 

 

 


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